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Boletín semanal | 31 de julio, 2023

INDECOPI declara barrera burocrática ilegal la prohibición de tercerizar actividades que forman parte del núcleo del negocio

Mediante Resolución nro. 0270-2023/CEB-INDECOPI se dispone que se declaren como barreras burocráticas ilegales, las siguientes medidas que fueron establecidas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) a través del Decreto Supremo nro. 001-2022-TR (que modificó el Reglamento de la Ley de Servicios de Tercerización):

(i) La prohibición de tercerizar las actividades que forman parte del núcleo del negocio de una empresa.

(ii) La exigencia de considerar como desnaturalización de la tercerización cuando el desplazamiento de trabajadores de la empresa tercerizadora se realiza para el desarrollo de actividades que formen parte del núcleo del negocio.

De esta manera, se dispone la inaplicación de dichas barreras burocráticas ilegales con efectos generales para todos aquellos agentes económicos y/o ciudadanos que se encuentren afectados por su imposición.

La presente disposición surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", es decir desde el 23 de julio.
 

Resolución nro. 0270-2023/CEB-INDECOPI

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