Análisis
Marco de Privacidad de Datos UE – EE. UU.: ¿nuevo Privacy Shield?
Deloitte Legal
En su Resolución 23/021 la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP) no contempla a Estados Unidos como un país seguro en materia de protección de datos personales, por lo que tampoco permite el envío de estos datos a entidades de este país que hubieran adherido anteriormente al programa de certificación incluido en el acuerdo Privacy Shield -que solía otorgarles validez en este sentido-.
No obstante, el pasado 10 de julio, la Comisión Europea adoptó la Decisión de Ejecución de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo de Protección de Datos relativo al nivel adecuado de protección de los datos personales con arreglo al Marco de Privacidad de Datos UE – EE. UU. (DPF, por sus siglas en inglés). Esto implica cambios en las transferencias desde la UE a organizaciones de los EE.UU. y, por lo tanto, abre interrogantes sobre si el DPF funcionará como un nuevo Privacy Shield y sobre la valoración que hará la URCDP respecto a esta nueva regulación.
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