Análisis

Principales aspectos laborales del sueldo anual complementario o “Aguinaldo”

Flash Legal | 07 de junio de 2022

i.           Antecedentes 

Como es habitual en todos los años, en pocos días el Poder Ejecutivo dictará un Decreto pronunciándose sobre el pago de la primera mitad del sueldo anual
complementario o aguinaldo, para los trabajadores del sector privado.       

ii.           Partidas que computan para su cálculo

Para el cálculo del aguinaldo, se deben considerar todas las partidas salariales en dinero (no en especie), abonadas por el empleador, en el período comprendido entre el 1 de diciembre del año 2021 hasta el 31 de mayo del año en curso; y finalmente dividir la sumatoria entre 12.

iii.           Partidas que no computan para el cálculo

Las partidas que hayan sido abonadas por terceros (a modo de ejemplo) la propina; o aquellas prestaciones económicas que brinda la seguridad social, al no tratarse de una partida salarial no se debe considerarse para el cálculo del aguinaldo. 

iv.           Oportunidad del pago

El empleador podrá abonar el aguinaldo durante el transcurso del mes de junio del presente año 2022.

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