Análisis

Proyecto de Ley sobre la reducción, postergación o eliminación de las Ferias Judiciales

Flash Legal | 16 de junio de 2021 

Con el fin de lograr un equilibrio en la eficacia del funcionamiento del sistema de justicia,  proteger los derechos de los justiciables que han podido verse afectados por la suspensión de plazos procesales y apalear el fuerte impacto que ha tenido en el sistema la declaración de la Feria Judicial Extraordinaria en el marco de la emergencia sanitaria, dentro del Parlamento, en la sesión ordinaria del día 16 de junio, la Cámara de Representantes aprobó el proyecto de ley “Ferias Judiciales” (en adelante, el “Proyecto”).

El Proyecto se compone de tres artículos, en primer lugar, faculta a la Suprema Corte de Justicia (“SCJ”) y al Tribunal de lo Contencioso Administrativo (“TCA”) a reducir, postergar e incluso eliminar las Ferias Judiciales establecidas en la Leyes Nro. 15.750 y 16.049.

Por otra parte, deja en claro que el período comprendido entre el 24 de marzo y 30 de junio de 2021 en los que la SCJ o el TCA han dispuesto ferias extraordinarias o días inhábiles, se regirán por lo dispuesto en la Ley 19.879 sobre Declaración de Feria Jurisdiccional Extraordinaria y Suspensión de Plazos Procesales, así como toda feria extraordinaria que en un futuro pueda ser decretada en el marco de la emergencia sanitaria.

Debe quedar claro que lo que el Proyecto quiere imponer, no es una solución, sino una facultad que los tribunales podrán aplicar para compensar los atrasos y las distorsiones en caso de que lo entiendan necesario.

En definitiva, esta puede ser una herramienta efectiva a los efectos de lograr un equilibro en el funcionamiento de la actividad judicial, remediando la disminución en las actuaciones a causa de la Feria Judicial Extraordinaria que ha sido dispuesta desde el pasado 8 de abril hasta el 30 de mayo del corriente. 

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