Análisis

Modificaciones al tax holiday vigente para extranjeros

12 de Enero de 2021

Recientemente se publicaron normas que modifican el tax holiday vigente para aquellas personas que adquieran la residencia fiscal en Uruguay por primera vez: Ley 19.937 de 24/12/20, Decreto 342/020 de 15/12/20 y Resolución DGI 2481/020 de 30/12/20.

El tax holiday consiste en no gravar en Uruguay los rendimientos de capital mobiliario del exterior (dividendos e intereses) por un plazo de 6 años desde que se adquirió la residencia fiscal en Uruguay (si esto ocurrió antes del
1/1/20) o de 11 años (si la residencia se adquirió luego del 1/1/20). En este último caso, también existe la posibilidad de optar por una tasa reducida (sin plazo) en lugar del no gravamen.

Para solicitar el tax holiday se utilizaba el formulario 3106, el cual era presentado ante el agente de retención local o la DGI en su defecto.

Las normas publicadas introducen las siguientes modificaciones:

-     Se sustituye el formulario 3106 por el formulario 0306, el cual deberá ser presentado por todos aquellos sujetos que se encuentren en uso del tax holiday. El plazo para la presentación del nuevo formulario vence el 30/6/21.

-     El formulario 0306 se presenta ante la DGI en todos los casos, y ya no se hace ante el agente de retención. El contribuyente presentará ante el agente de retención local una constancia que acredita haber presentado el formulario ante DGI.

-     La Ley 19.937 le otorga la posibilidad a los residentes fiscales anteriores al 1/1/20 de extender su tax holiday por un período de 11 años (actualmente 6 años). Para poder beneficiarse de esta extensión hay que acreditar haber adquirido un inmueble por un valor superior a Ul 3.500.000 (aproximadamente USD 390.000) a partir de la vigencia de esta Ley y registrar una presencia efectiva en Uruguay durante el año civil de al menos 60 días calendario.

Para acceder a las normas de referencia hacer click aquí: Ley 19.937, Decreto 342/020 y Resolución DGI 2481/020.

¿Encontró útil este contenido?