Análisis

Proyecto de Ley de Rendición de Cuentas

Julio de 2022

Con fecha 30/06/022 se dio a conocer el Proyecto de Ley de Rendición de Cuentas por el ejercicio 2021. En esta oportunidad, comentamos las principales disposiciones con impacto fiscal que busca aprobar el Proyecto:

    Exoneración de la Contribución Inmobiliaria Rural – se encuentra vigente la exoneración de las primeras 50 hectáreas Índice CONEAT 100 para propietarios rurales que exploten padrones hasta 200 hectáreas con Índice CONEAT 100. El Proyecto de Ley busca que a partir del 1/01/2023, para acceder a la referida exoneración, la superficie ocupada por bosques naturales declarados "Protectores" de acuerdo a lo establecido por el artículo 8 de la Ley Nº 15.939, de 28 de diciembre de 1987, no sea computada como superficie explotada.

    Impuesto anual de Enseñanza Primaria - se encuentra vigente la exoneración para propietarios rurales que exploten padrones hasta 300 hectáreas con Índice CONEAT 100. El Proyecto de Ley busca que a partir del 1/01/2023, para acceder a la referida exoneración, la superficie ocupada por bosques naturales declarados "Protectores" de acuerdo a lo establecido por el artículo 8 de la Ley Nº 15.939, de 28 de diciembre de 1987, no sea computada como superficie explotada.

    Se incrementa el tope de 0,4% a 0,7% de los ingresos originados en la venta de ganado bovino y ovino del último ejercicio fiscal, para la devolución de IVA gasoil de productores de ganado bovino y ovino que no tributen el IRAE.

    Se agrega al artículo 52 del TO 4/2007 correspondiente a rentas exentas las provenientes del régimen de aporte social único de PPL.

    Se modifican las tasas en el IRPF para rentas de la Categoría I (rentas
de capital, incrementos patrimoniales, y de similar naturaleza). Ver en
adjunto nuevas tasas.

    Se modifican las tasas en el IRNR. Ver en adjunto nuevas tasas.

    Rentas exentas en el IRNR – se establece que quedan comprendidos los intereses de los valores emitidos por fideicomisos financieros siempre que los activos afectados a la obtención de rentas no gravadas por IRAE superen el 90% el total de sus activos valuados según normas fiscales, en la exoneración dispuesta en el artículo 15 del TO 8 relativo a intereses de préstamos otorgados a contribuyentes de IRAE.

    Se agregan los contribuyentes del Aporte Social Único de PPL a la exoneración de IVA dispuesta en el artículo 20 del TO 10 1996.

    Impuesto al Patrimonio – se incorpora la posibilidad de deducir como pasivo las deudas contraídas con la Agencia Nacional de Desarrollo.

    Exoneración de Impuesto al Patrimonio afectado a explotaciones agropecuarias cuando no supera los UI 12.000.000 – la superficie ocupada por bosques naturales por bosques naturales declarados "Protectores" de acuerdo a lo establecido por el artículo 8 de la Ley Nº 15.939, de 28 de diciembre de 1987 no se incluye en el cálculo del valor de catastro de los inmuebles rurales, así como tampoco se consideran a efectos de valuar los bienes muebles y semovientes (40% del valor de catastro de inmuebles en propiedad y explotados).

    Se prorroga hasta el 31/12/2024 el crédito fiscal por hasta 22 puntos porcentuales de los ingresos correspondientes a las cuotas de afiliaciones individuales no vitalicias, a las cuotas de afiliaciones colectivas, a la sobrecuota de gestión y a la sobrecuota de inversión a otorgar a las instituciones de asistencia médica colectiva (IAMC). 

Las nuevas disposiciones comienzan a regir a partir del 1/01/2023.

Para acceder al texto de la Ley de Rendición de Cuentas hacer click aquí.  

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