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Inscripción contratos de fideicomiso

RG IGJ 33/2020 - Nueva regulación respecto de inscripción de contratos de fideicomiso con fiduciarios, acciones o cuotas y/o bienes situados en Ciudad de Buenos Aires

31 de julio de 2020

La presente resolución establece que se inscribirán en la Inspección General de Justicia los contratos de fideicomiso en los siguientes supuestos:

(i) Cuando al menos uno o más de los fiduciarios designados posea domicilio real o especial en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; o

(ii) Cuando acciones (incluidas las de Sociedades por Acciones Simplificadas), o cuotas sociales de una sociedad inscripta ante IGJ, o establecimientos industriales o comerciales ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuya transmisión se rija por la Ley N° 11.867, formen parte de los bienes objeto del contrato de fideicomiso; o

(iii) Cuando existan bienes muebles o inmuebles que formen parte de los bienes objeto del contrato de fideicomiso ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos.

Se exceptúa de la competencia de la Inspección General de Justicia la inscripción de los contratos de fideicomisos financieros que hacen oferta pública a tenor de lo dispuesto en los artículos 1690, 1691 y 1692 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Resolución N° 33/2020 | 31 de julio de 2020
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