Noticias
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
RG 388/2021
8 de julio de 2021
Se establecen los parámetros y criterios para el acceso a los programas REPRO II y asistencia de emergencia a trabajadores independientes en sectores críticos.
Para acceder al beneficio del Programa REPRO II, los empleadores deben cumplir con las siguientes condiciones, según el sector de actividad al que pertenezcan:
Sectores afectados no críticos: cumplimiento de al menos cuatro de los siete parámetros establecidos, de los cuales, serán de cumplimiento obligatorio, los siguientes tres indicadores:
- Variación de la facturación.
- Variación porcentual de la relación entre el costo laboral y la facturación.
- Variación porcentual de las importaciones (para las empresas que declaran importaciones en los dos períodos tomados como referencia para el cálculo del indicador).
Sector salud: cumplimiento de al menos cuatro de los siete parámetros establecidos, de los cuales, serán de cumplimiento obligatorio, los siguientes dos indicadores:
- Variación de la facturación.
- Variación porcentual de la relación entre el costo laboral y la facturación.
Sectores críticos: cumplimiento obligatorio del indicador de la variación de la facturación en términos nominales, expuesto en la sección anterior, y del indicador de liquidez corriente.
Las empresas con más de 15 trabajadoras y trabajadores dependientes deberán presentar obligatoriamente la información requerida sobre los montos de activos y pasivos y patrimonio neto, con la excepción de las empresas encuadradas en los sectores críticos cuya obligación se aplica para los activos y pasivos corrientes.
Publicado en el Boletín Oficial el día 08 de junio de 2021.