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Programa de asistencia de emergencia al trabajo y la producción

Decreto 823/2020

Decreto 823/2020 BO 26.10.2020

En razón de la emergencia sanitaria declarada, se han adoptado distintas medidas destinadas a ralentizar la expansión de la COVID-19, limitando la circulación de personas y el desarrollo de actividades determinadas, lo que produce un impacto económico negativo y no deseado sobre empresas y familias.

Con el objeto de adoptar medidas para reducir ese impacto negativo, mediante el Decreto Nº 332/20 se creó el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, herramienta destinada a cuidar el trabajo, garantizar la producción y amortiguar el impacto económico generado por la crisis del Covid-19.

Los beneficios son:

a) Reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.

b) Salario complementario (Consiste en el pago de una asignación por parte de ANSES a todos los trabajadores del sector privado con un tope mínimo y máximo según la remuneración del trabajador)

c) Crédito tasa cero (Préstamo que se acredita en la tarjeta de crédito para Monotributistas y Autónomos)

d) Crádito a tasa subsidiada para empresas

e) Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo

A través de este Decreto se extiende la vigencia del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), establecido por el decreto 332/2020, hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive.

La presente medida entró en vigencia el 27 de octubre del 2020.

Decreto N° 823/2020 | 26 de octubre de 2020
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