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Modificación a la tasa de interés aplicable para la actualización de los créditos laborales en el ámbito de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Acta 2764/22 - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT)

El 07 de septiembre de 2022 la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) modificó el criterio de actualización de intereses para los juicios que tramiten ante la Justicia Nacional del Trabajo.

Dichas modificaciones se efectuaron por medio del Acta 2764/22, mediante la cual la CNAT resolvió mantener las tasas de interés establecidas en las Actas CNAT 2601/14, 2630/16 y 2658/17, e incorporar la capitalización anual de intereses desde la fecha de la notificación de la demanda judicial. Finalmente, y toda vez que la CNV dispuso mantener la vigencia hasta el 31/12/2022 de la Resolución General N° 830 (referida a los recaudos para la celebración de asambleas a distancia como consecuencia de la emergencia sanitaria producto del COVID-19), es que se difiere la entrada en vigencia de la RG en comentario a partir del 1° de enero de 2023.

A fin de entender los distintos mecanismos de actualización utilizados, se destaca que mediante el Acta 2601/14 la tasa de interés aplicable a los juicios laborales fue la tasa nominal anual para préstamos personales libre destino del Banco Nación Argentina para un plazo de 49 a 60 meses. Desde el año 2016, la CNAT resolvió mediante el Acta 2630/16 mantener la tasa de actualización fija en el 36% anual. Desde 2017, la CNAT estableció mediante Acta 2658/17 aplicar la Tasa Activa Efectiva Anual Vencida, cartera general diversa del Banco Nación Argentina, lo que se tradujo en la aplicación de una tasa variable conforme las fluctuaciones del mercado, cuyas variaciones oscilaron del 29,5% al 125% en un año, con un promedio de 90% durante el año 2022 (período enero – septiembre).

El nuevo mecanismo de actualización previsto en el Acta 2764/22 resultará aplicable a las causas sin sentencia firme, y para aquellos créditos que no posean un régimen legal en materia de intereses aplicable, quedando excluidos los juicios por accidentes y enfermedades laborales.

Esta nueva forma de actualización dispuesta por la CNAT implica admitir la capitalización con periodicidad, conforme lo prevé el artículo 770 inciso b) del Código Civil y Comercial de la Nación, lo que se conoce comúnmente como anatocismo.

Esta publicación es una síntesis de una o más novedades en materia legal. Por lo tanto, incluye en forma sintética sólo aquellas normas que hemos considerado de interés. Asimismo, el contenido del presente no constituye en ningún caso una interpretación u opinión de nuestra parte, sino un resumen de las normas que se indican.
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