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Creación del Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo (REPRO)
Resolución N° 420/2022 MTESS
Mediante la Resolución 420/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, publicada en el Boletín Oficial el 19 de abril, se creó el “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (en adelante indistintamente REPRO o el Programa) el cual fusiona al anterior Programa de Recuperación Productiva y al Programa REPRO II.
El nuevo REPRO consistirá en una asignación dineraria individual para los trabajadores, que será a cuenta del pago de las remuneraciones que deberían abonar los empleadores adheridos al Programa.
El Programa presenta las siguientes características:
- El monto de la asignación dineraria será equivalente al 50% de la remuneración total, hasta un máximo del 50% del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) vigente.
- Para percibir la asignación los trabajadores no deberán percibir una remuneración total superior a 4 veces el SMVM vigente.
- La asignación dineraria se otorgará por un período de 3 meses. El empleador podrá acceder al Programa durante 2 períodos como máximo, consecutivos o no, dentro de los 3 años contados a partir del inicio del primer período otorgado.
- El número de empleadores que cubrirá el Programa se determinará considerando la cantidad de postulantes, la situación económica, patrimonial y financiera de los mismos, el plan de acción para lograr la recuperación económica, productiva y laboral, las condiciones imperantes de la economía nacional y el presupuesto asignado al Programa.
Podrán acceder como beneficiarios los empleadores pertenecientes al sector privado, y siempre que:
- Enfrenten una situación económica crítica conforme los parámetros que definirá el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa.
- Presenten un “Plan de recuperación económica, productiva y laboral” que sea consistente, veraz y de efectivo cumplimiento.
- Que no hubieran efectuado una reducción de personal mayor al 20% en la comparación interanual al momento de solicitar la asistencia dineraria.
La inscripción al Programa tendrá una periodicidad mensual y el lapso para su inscripción será determinado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
La medida se encuentra vigente desde el 19 de abril de 2022.