Noticias

Ganancias 4° categoria: incremento de la remuneración mínima gravada

Resolución General AFIP 5206/2022

El 14 de junio se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General AFIP 5206/2022, mediante la cual la Autoridad Fiscal reglamentó las modificaciones establecidas en el Decreto 298/2022 con relación al mínimo a partir del cual los empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados deberán tributar el impuesto a las ganancias.

Las principales modificaciones contempladas por la Resolución 5206/22 son:

  • Se establece que el Sueldo Anual Complementario del período fiscal 2022 quedará exento del impuesto a las ganancias cuando el monto de la remuneración y/o haber bruto mensual no supere la suma de $280.792, inclusive.
  • No corresponderá retención alguna del impuesto a las ganancias de cuarta categoría cuando la remuneración y/o haber bruto mensual del mes o el promedio de las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales comprendidas desde el 1/6/2022 al 31/12/2022, el que fuere menor, no supere la suma de $280.792, inclusive.
  • En aquellos meses en que la remuneración y/o haber bruto del mes o el promedio de las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales por el período comprendido entre el 1/6/2022 al 31/12/2022 -el que fuere menor- supere la suma de $ 280.792 y resulte inferior o igual a $ 324.182, se computará a efectos de la determinación del impuesto, en el mes que se liquida, una deducción especial incrementada, la cual se encuentra establecida en el Anexo del artículo 2° de la Resolución 5206/22 (adjunto a la presente).

Las presentes disposiciones resultarán aplicables para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de junio de 2022, inclusive.

¿Encontró útil el contenido?