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Dan por finalizada la excepción que permitía la celebración de reuniones a distancia de los órganos de administración y gobierno

Inspección General de Justicia (Resolución General n°8/2022)

La Inspección General de Justicia (“IGJ”) con fecha 14 de julio dictó la Resolución General N°8/2022 (la “Resolución”) mediante la cual dispuso dar por finalizado el período de excepción establecido en el artículo 3° de la RG IGJ N°11/2020 que admitía las reuniones de órganos de gobierno y de administración de sociedades, asociaciones civiles y fundaciones, celebradas a distancia mediante plataformas informáticas o digitales aún cuando sus estatutos no lo previeran en forma expresa.

Como medida transitoria, la IGJ estableció que se admitirán las reuniones de órganos de administración y de gobierno convocadas para celebrarse a distancia mediante plataformas informáticas o digitales hasta 60 días hábiles posteriores a la publicación de la Resolución en el boletín oficial (ocurrida el 15/7/2022).

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