Análisis

CMF publica norma de activos ponderados por riesgo operacional    

En la segunda norma que el regulador chileno publica en consulta, como parte del proceso de implementación de los recientes cambios realizados en la Ley General de Bancos, se adopta el modelo estándar de Basilea III. De esta manera, el cargo de capital por riesgo operacional (ORC) se obtendrá mediante la multiplicación del componente del indicador de negocios (BIC) y un multiplicador de las pérdidas operacionales del banco (ILM):

ORC=BIC*ILM

El BIC se calcula a partir del BI, el cual a su vez corresponde a la suma de los ingresos por intereses, leasing y dividendos (ILDC), un componente financiero (FC) y un componente de servicios:

BI=ILDC+FC+SC

Luego, para el cálculo del BIC la CMF considera 2 tramos, a diferencia de Basilea III que considera 3, lo cual obedece a un razonable ajuste a la realidad local. Para diferenciar ambos tramos establece un umbral de 25 MM de UF, con coeficientes marginales de 0,12 y 0,15.
Por su parte, el ILM es un factor que ajusta el requisito de capital en relación a las pérdidas operacionales históricas:

LM=Ln[e(1)-1+(〖LC/BIC)〗^0.8]

De este modo, LC es la componente de pérdidas operacionales, que corresponde a 15 veces el promedio de las pérdidas operacionales anuales netas históricas del banco, con información de los últimos 10 años a la fecha de cálculo.

  • A partir de la norma en consulta surgen una serie de desafíos y oportunidades para la banca chilena:
    Los bancos deberán contar con sistemas de información que les permitan calcular de manera adecuada los distintos componentes de la metodología de cálculo descrita en la normativa. A modo de ejemplo, para el caso de las carteras de crédito, se requiere distinguir claramente las distintas fuentes de sus ingresos.
  • La norma establece que, para el registro de las pérdidas operacionales, todos los bancos deberán cumplir con una serie de requisitos que representan nuevas y demandantes exigencias en materia de gestión y registro de eventos operacionales.
  • Al igual que en otras jurisdicciones, se extiende la posibilidad de utilizar ILM para los bancos de menor tamaño, debiendo cumplirse para ello con ciertas condiciones respecto del registro de los eventos.
    Se genera un incentivo importante para que las entidades gestionen de manera adecuada el registro de sus pérdidas operacionales, dado que con ello podrán optar a un menor cargo de capital por riesgo operacional.
  • Finalmente, se debe destacar que la CMF ajustó de manera razonable los tramos para los coeficientes del BIC en función de la realidad del mercado chileno, estableció un adecuado incentivo para que los bancos registren de manera correcta sus eventos operacionales, a la vez que consideró un período de observación de 5 años (y no 10) para los bancos que opten por utilizar ILM.
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