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Impuestos indirectos y comercio exterior

Boletín semanal | 18 de agosto, 2022

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo incluye 44 subpartidas arancelarias al listado de bienes de capital

Considerando que el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior recomendó por unanimidad, la actualización de las subpartidas correspondientes a bienes de capital, el Ministerio de comercio, Industria y Turismo incorporó a través del Decreto 1446 de 2022, 44 subpartidas nuevas, para un total de 607 subpartidas definitivas.

A este respecto, el Decreto en mención deroga las disposiciones de los Decretos 676 de 2019 y 472 de 2020 las cuales ya contenían 563 subpartidas en el listado de bienes de capital. La nueva lista entrará en vigor dentro de los quince (15) días calendario siguientes, contados desde la publicación del decreto en el Diario Oficial.
 

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Decreto No. 1446 del 3 de agosto de 2022

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Se establecen nuevos requisitos para la comercialización de llantas neumáticas incorporadas en vehículos en Colombia

Mediante la Resolución número 20223040044455 del 01 de agosto 2022, el Ministerio de Transporte estableció nuevos requisitos y ensayos aplicables a las llantas neumáticas nuevas incorporadas en los vehículos automotores completos nuevos que se comercializan en Colombia.

De esta manera las llantas deberán cumplir con los requisitos de rotulado en los cuales deberá incluirse la información de inscripciones incluida en el párrafo 3 de los Reglamentos ONU número 30 y número 54, correspondientes a las disposiciones uniformes para la homologación de neumáticos para vehículos de motor y para vehículos industriales y sus remolques.

Y también en los párrafos 4 y 5 del Reglamento ONU número 117 correspondiente a las provisiones uniformes relativas a la aprobación de neumáticos con respecto a misiones de sonido en la rodadura, adherencia a superficies mojadas y resistencia a la rodadura.

Para la evaluación de conformidad de los requisitos antes mencionados, deberá presentarse el certificado de conformidad que puede ser bien sea expedido por un organismo de certificación acreditado nacional o extranjero.
 

Ministerio de Transporte

Resolución No. 20223040044455 del 1 de agosto 2022

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El Ministerio de Defensa Nacional se pronuncia sobre requisitos para la importación de armas

Frente al incremento del uso y porte de armas en el país, el Gobierno Nacional vio la necesidad de disminuir el uso de las armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales. A este respecto, el Ministerio de Defensa Nacional, mediante el Decreto 1563 de 2022, dispone que estos elementos se clasificarán según su funcionamiento y características, además, debe cumplir con todos los requisitos para el porte, comercialización, importación y exportación.

Sin perjuicio de lo expuesto, cabe resaltar que el sistema de información de la Industria Militar debe tener el registro del marcaje, características e información del titular, también los registros de su importación, exportación y comercialización.

Finalmente, es importante mencionar que las personas nacionales o extranjeras podrán comercializar, importar y exportar armas y dispositivos menos letales, accesorios, partes y municiones, siempre y cuando, estas cuenten previamente con un concepto favorable expedido por el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos.
 

Ministerio de Defensa Nacional

Decreto No. 1563 del 5 de agosto del 2022

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Contactos

Luisa Fernanda Hernández                                          Claudia Rocío Garzón
Gerente Senior Impuestos y Servicios Legales         Gerente Senior Impuestos y Servicios Legales
luisafhernandez@deloitte.com                                   clgarzon@deloitte.com

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