Análisis

Laboral   

27 de abril, 2021

El Ministerio del Trabajo, a través de la Resolución 0846 del 14 de abril de 2021, reglamentó la expedición del Certificado de Primer Empleo y el registro anualizado.

Este certificado estará a cargo de las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo y aplica a los contribuyentes que estén obligados a presentar la declaración de renta y complementarios, y que hayan vinculado a personas menores de 28 años en primer empleo, con el fin de obtener este certificado como requisito para la deducción que trata el art. 88 de la Ley 2010 de 2019.

Esta deducción será de hasta el 120% de los pagos que se realicen por concepto de salarios a los trabajadores menores de 28 años en primer empleo.

El Ministerio del Trabajo, a través de la Resolución 0846, determina los siguientes puntos relevantes a tener en cuenta al momento de solicitar la Certificación de Primer Empleo:

·            Se entenderá la condición de primer empleo de la persona menor de 28 años cuando no se registre una afiliación como trabajador dependiente o independiente EN Sistema Integrado de Seguridad Social, con base en la información expedida por las Entidades Administradoras de Fondos de Pensiones.

·            El plazo para la expedición del Certificado de Primer Empleo será de 15 días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud del empleador y corresponderá a la vigencia fiscal inmediatamente anterior a la vigencia en la cual fue solicitado.

·            Igualmente, se determinó el procedimiento para la solicitud del Certificado de Primer Empleo, donde se deberán aportar los siguientes documentos:

i.                Copia simple del documento de identidad de cada trabajador menor de 28 años.

ii.              Copia de la historia laboral de cada trabajador menor de 28 años, expedida por el fondo de pensiones al cual se encuentre afiliado cada trabajador.

iii.            Certificado laboral de cada uno de los trabajadores.

iv.            Registro Único Tributario del Contribuyente.

·            Por otra parte, se estableció que serán las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo, las encargadas de registrar en una base de datos la información de los contribuyentes y los certificados de Primer Empleo aprobados.

Ministerio del Trabajo - Resolución No. 0846 del 14 de abril de 2021

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