Análisis

Impuestos indirectos y comercio exterior

Boletín semanal | 01 de diciembre, 2021

Desde el primero de diciembre se dará inicio a emisión y recepción de certificados de origen digitales

Mediante Comunicado de Prensa Web, la DIAN indicó que los usuarios de comercio exterior que en el marco del Acuerdo de Complementación Económica ACE72, Colombia y Brasil, a partir del primero de diciembre se da inicio a la emisión y recepción de certificados de origen de manera digital.

Según informó la Entidad, desde esa fecha se emitirán digitalmente en formato XML, desde Colombia los certificados de origen que amparen mercancías de exportación a Brasil y que este será el único documento válido como prueba de origen para acceder al trato arancelario preferencial según el acuerdo mencionado.

En el caso de las mercancías que ingresen al Territorio Aduanero Nacional con trato arancelario preferencial, los importadores o sus autorizados podrán cargar el certificado de origen emitido por las entidades habilitadas en Brasil a la plataforma informática de la DIAN dispuesta en la ruta https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/ServiciosAduaneros.aspx.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Comunicado de prensa web del 23 de noviembre de 2021

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Comunicado de prensa web del 23 de noviembre de 2021

DIAN y MinCit publican Proyecto Normativo que busca modificar descripciones mínimas para las prendas de vestir objeto de importación

Con el objetivo de ofrecer a los usuarios un marco jurídico que facilite las operaciones de comercio exterior, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales junto con la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, han emitido un Proyecto de Resolución que busca modificar las descripciones mínimas del numeral IX literal A - Prendas de Vestir de los capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas contempladas en el artículo 1 de la Resolución 057 de 2015.

Las disposiciones normativas aplicarán a las mercancías que hayan sido embarcadas hacia Colombia dentro del mes anterior al inicio de la vigencia de la Resolución, una vez aprobada la misma, excluyéndose las declaraciones de importación que hayan sido presentadas como anticipadas antes de la entrada en vigor de la Resolución.

Los ciudadanos podrán emitir comentarios al correo electrónico cochoa@mincit.gov.co, desde el 19 de noviembre hasta el 3 de diciembre de 2021.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Proyecto de Resolución del 18 de noviembre de 2021

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Proyecto de Resolución del 18 de noviembre de 2021

Materias primas químicas para la producción de medicamentos continúan excluidas de IVA

Con la emisión de la Sentencia 25424, el Consejo de Estado ha anulado los Conceptos 100208221- 000207 del 20 de febrero de 2020 y 100202208-0431 del 08 de junio de 2020, expedidos por la DIAN, en los cuales se indicaba que las materias primas químicas para la producción de medicamentos clasificados en las partidas arancelarias 29.36, 29.41, 30.01, 30.03, 30.04 y 30.06 se encontraban gravadas según el régimen general de IVA, de conformidad con el artículo 160 de la Ley 2010 de 2019.

Con la anulación de los mencionados conceptos, y de conformidad con lo expuesto por el Consejo de Estado los medicamentos clasificados en las partidas arancelarias antes citadas tienen la calidad de exentos, y por su parte, las materias primas químicas con destino a la producción de dichos medicamentos tienen la calidad de excluidas tal y como lo dispone el ordinal 1. ° del artículo 424 del Estatuto Tributario.

Consejo De Estado, Sección Cuarta - Sentencia del 11 de noviembre de, Rad. 2020-00030 (25424)

Consejo De Estado, Sección Cuarta - Sentencia del 11 de noviembre de, Rad. 2020-00030 (25424)
¿Le pareció útil este contenido?