Nuevo procedimiento para calcular el Ingreso al Productor en el mecanismo diferencial de estabilización de precios para GMC y ACPM Ha sido salvado
Análisis
Nuevo procedimiento para calcular el Ingreso al Productor en el mecanismo diferencial de estabilización de precios para GMC y ACPM
Resoluciones 40304 y 40305 de 2024
El Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 (Ley 2294 de 2023) reformó la gestión de precios de combustibles regulados en el país, se estableció que los Ministerios de Hacienda y Crédito Público, y de Minas y Energía, definirán la metodología de cálculo del valor del Ingreso al Productor (IP) de combustibles líquidos y biocombustibles, así como tarifas y márgenes asociados a la remuneración de la cadena de comercialización y distribución de estos.
Por lo anterior, el Ministerio de Minas y Energía estableció el procedimiento para determinar el precio de paridad internacional que se utilizará como Ingreso al Productor (IP) en el mecanismo diferencial de estabilización de precios para la Gasolina Motor Corriente (GMC) y el Aceite Combustible para Motores (ACPM) destinado a grandes consumidores y consumidores finales con un consumo anual promedio superior a 20.000 galones al mes.
Le invitamos a conocer el nuevo procedimiento para calcular el IP, y lo que detallan las resoluciones 40304 y 40305 de 2024 en el documento construido por el equipo de Deloitte Legal.
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