Impuestos indirectos y comercio exterior Ha sido salvado
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Impuestos indirectos y comercio exterior
Boletín semanal | 13 de abril, 2023
Gobierno Nacional busca implementar por un año arancel del 0% para la importación de insumos agrícolas
El Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, ha expedido un Proyecto de Decreto con el cual pretende establecer un arancel de cero por ciento (0%) por doce (12) meses, para la importación de los productos clasificados por las siguientes subpartidas arancelarias, relacionadas con insumos agrícolas:
0601100000 |
1209914000 |
2915502100 |
3105100000 |
3808620000 |
0601200000 |
1209915000 |
3003902000 |
3105200000 |
3808690000 |
0703201000 |
1209919000 |
3004102000 |
3105510000 |
3808911400 |
0714201000 |
1209991000 |
3004202000 |
3105902000 |
3808911900 |
1207101000 |
1209992000 |
3004322000 |
3502901000 |
3808919700 |
1209100000 |
1209993000 |
3004392000 |
3808520000 |
3808919990 |
1209210000 |
1209994000 |
3004502000 |
3808591100 |
3808921200 |
1209220000 |
1209999000 |
3004903000 |
3808591900 |
3808921900 |
1209230000 |
2309903000 |
3101009000 |
3808599010 |
3808929200 |
1209240000 |
2309909000 |
3102210000 |
3808599020 |
3808929900 |
1209250000 |
2804300000 |
3102290000 |
3808599030 |
3808939300 |
1209290000 |
2814100000 |
3102600000 |
3808599040 |
3808941900 |
1209911000 |
2834291000 |
3102800000 |
3808599060 |
3808991900 |
1209912000 |
2835260000 |
3102909000 |
3808599090 |
3824999100 |
1209913000 |
2912110000 |
3103900000 |
3808610000 |
El Proyecto Normativo actualmente se encuentra publicado para que la ciudadanía remita sus comentarios al correo electrónico comitetriplea@mincit.gov.co, desde el 4 y hasta el 13 de abril de 2023, una vez surtido dicho proceso, será vigente a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial y tendrá una revisión semestral por parte del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, para evaluar los efectos de esta.
DIAN rediseña Programa para Incentivar uso de la declaración de importación anticipada
A través de un Comunicado de Prensa, la Dian informa que ha rediseñado el programa para incentivar el uso de la declaración de importación tipo anticipada que viene desarrollando desde 2022, y que por lo tanto la administración, convocatoria, seguimiento y acompañamiento será ejecutado por las Direcciones Seccionales de lugar de arribo, como es el caso de Barranquilla, Bogotá, Cartagena, Medellín, Buenaventura, Ipiales y Santa Marta a través de las Divisiones de Servicio al Ciudadano.
Los interesados podrán inscribirse por dichas direcciones seccionales y será la Subdirección de Servicios y Facilitación al Comercio Exterior quien continuará liderando el programa a nivel nacional para garantizar una orientación uniforme y quien será la encargada de identificar oportunidades de mejora, buenas prácticas y proponer estrategias de facilitación en las operaciones aduaneras de la competencia de la entidad.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN
Comunicado de prensa del 3 de abril de 2023
Con Proyecto de Decreto el Ministerio de Justicia y del Derecho pretende incluir y excluir subpartidas objeto de control previo para su exportación
El Ministerio de Justicia y el Derecho ha publicado un Proyecto Normativo con el cual busca modificar los artículos 2.2.2.1.5.1 y 2.2.2.1.5.2 del Decreto 1069 de 2015, referentes al control de exportación de sustancias químicas controladas.
En línea con lo anterior, serían adicionadas las siguientes subpartidas arancelarias para la emisión de autorización previa a la exportación:
- 28.15.11.00.00 - Soda cáustica sólida
- 29.15.12.00.00 - Soda cáustica líquida
- 28.27.20.00.00 - Cloruro de calcio
- 28.32.10.00.10 - Metabisulfito de sodio
- 29.15.39.21.00 -Acetato de N-propilo o Acetato de propilo
- 29.15.39.90.10 -Acetato de Isobutilo
Por su parte, serían excluidas las subpartidas 2901.10.00.10 que cobija al Isobutano, del tipo utilizado como gas refrigerante, 3814.00.10.00, 3814.00.20.00 y 3814.00.30.00 que amparan disolventes y diluyentes orgánicos compuestos.
El Proyecto de Decreto señala que para exportar, desde el territorio aduanero nacional o desde zona franca, sustancias y productos químicos controlados indicados en el artículo 2.2.2.1.5.1 del Decreto 1069 de 2015, se deberá solicitar autorización previa a la exportación ante el Ministerio de Justicia y del Derecho a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, la cual será un documento soporte al momento de presentar la solicitud de autorización de embarque o el formulario de movimiento de mercancías.
Los comentarios al Proyecto Normativo fueron recibidos hasta el pasado 12 de abril del presente año, en línea con lo dispuesto en los artículos 3 y 8 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015.
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