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Impuestos indirectos y comercio exterior

Boletín semanal | 14 de noviembre, 2024

Con proyecto normativo se propone que las exportaciones temporales para perfeccionamiento pasivo de mercancías nacionales o nacionalizadas, que se realicen desde el TAN a zona franca, únicamente requieran formulario de movimiento de mercancías para su ingreso.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público de Colombia recientemente publicó un proyecto de decreto en el que se propone modificar el inciso segundo del artículo 479 del Decreto 1165 de 2019, sobre exportaciones temporales que se realicen desde el resto del Territorio Aduanero Nacional (TAN) a zona franca, con el objeto de someter el bien a un proceso de perfeccionamiento por un usuario.

De conformidad con el proyecto normativo las exportaciones temporales para perfeccionamiento pasivo de mercancías nacionales o nacionalizadas que se realicen desde el TAN a zona franca con el objeto de someter el bien a un proceso de perfeccionamiento por un usuario, solo requerirán para su ingreso el formulario de movimiento de mercancías, el cual hará las veces del documento de exportación, salvo las excepciones que establezca la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN - en las que se exija el diligenciamiento y trámite de una solicitud de autorización de embarque.

El proyecto normativo se publicó para recibir comentarios en el sitio web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público por un término de cinco (5) días calendario, del 7 al 12 de noviembre y entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de conformidad con lo previsto en el parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 1609 de 2013.

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Proyecto de decreto del 7 de noviembre de 2024.

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El Ministerio de Comercio a través de la VUCE ha publicado un comunicado de prensa sobre vistos buenos para la importación de sustancias químicas, plaguicidas, y sus excepciones.

El pasado 7 de noviembre, fue publicado un comunicado de prensa, a través del cual, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo, informa a los usuarios que pueden tramitar sus vistos buenos para la importación de sustancias químicas y plaguicidas que son de competencia de la Autoridad Nacional de licencias Ambientales (ANLA) ante la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).

Al respecto, el numeral 10.2 del artículo 2.2.2.3.2.2. del Decreto 1076 de 2015 señala los casos en los cuales los pesticidas requieren licencia ambiental para la importación, mientras que el Anexo 25 de la Circular 004 de 2024 incluyó la siguiente excepción en las notas marginales de algunas subpartidas: plaguicidas químicos de uso agrícola (PQUA); productos veterinarios de uso tópico para mascotas y los accesorios de uso externo tales como orejeras, collares, narigueras; productos de uso doméstico en presentación o empaque individual.

En efecto, los productos que cumplan con esta excepción, y que correspondan a subpartidas arancelarias que cuentan con la nota marginal en la que se indique la excepción, podrán omitir el visto bueno ANLA en la VUCE, sino que su solicitud seguirá el proceso estándar del sistema, pero no llegará a la ANLA, reduciendo así los tiempos.

Ventanilla única de comercio exterior (VUCE).

Comunicado de prensa del 7 de noviembre de 2024.

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La DIAN publica proyecto de resolución que busca fijar el valor UVT aplicable para el año 2025.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ha publicado un proyecto normativo que busca fijar la Unidad de Valor Tributario (UVT) para el año 2025, teniendo en cuenta que esta es la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relacionadas con los impuestos y obligaciones administrados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

Dicho ajuste se realiza cada año según la variación del índice de precios al consumidor para ingresos medios entre el primero de octubre del año anterior al gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este, certificada por el DANE para el 2024 y se propone fijarlo en cuarenta y nueve mil setecientos noventa y nueve pesos ($49.799)

Los comentarios sobre el proyecto de resolución podrán remitirse hasta el próximo 17 de noviembre al enlace https://forms.office.com/r/hK6jxKJYym.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN

Proyecto de resolución del 7 de noviembre de 2024.

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