Impuestos indirectos y comercio exterior Ha sido salvado
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Impuestos indirectos y comercio exterior
Boletín semanal | 7 de noviembre, 2024
Colombia participó en la 74ª Sesión del Comité del Sistema Armonizado de la OMA y anuncia posibles cambios para el arancel en aduanas.
Colombia, a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), participó en la 74ª Sesión del Comité del Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), realizada en Bélgica, cuyo objetivo principal fue revisar y tomar decisiones pertinentes para la próxima Enmienda de la Nomenclatura del Sistema Armonizado.
Durante la sesión se trataron, entre otros, temas relacionados con cambios en la Nomenclatura Arancelaria del Sistema Armonizado, implementación de nuevas partidas arancelarias para productos emergentes y de alta tecnología, revisión de productos presentados por países miembros para definir su clasificación arancelaria, la actualización de las notas explicativas para garantizar la claridad y precisión en la clasificación arancelaria de mercancías y la definición de clasificaciones arancelarias para 25 productos, que serán incorporadas en el compendio de criterios de clasificación arancelaria.
Los usuarios aduaneros deben considerar que algunas de las decisiones tomadas en esta reunión serán implementadas en la VIII Enmienda del Sistema Armonizado y reflejadas en el nuevo Arancel de Aduanas de Colombia que modificará el Decreto 1881 de 2021, con el fin de proporcionar claridad y precisión en la clasificación de mercancías, facilitar el comercio internacional y promover la cooperación entre los países miembros.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
Comunicado de prensa del 28 de octubre de 2024.
MINCIT establece nuevo reglamento técnico aplicable al alambre de acero liso, grafilado y mallas electrosoldadas para refuerzo de concreto que se fabriquen, importen o comercialicen en Colombia.
Mediante la Resolución 1019 del 22 de agosto de 2024 y publicada el 15 de octubre del mismo año, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo establece un nuevo reglamento técnico que regulará el uso del alambre de acero liso, grafilado y mallas electrosoldadas en la industria de la construcción, específicamente para el refuerzo de concreto, con el fin de garantizar la seguridad y proteger la vida e integridad de las personas.
En efecto, este tipo de productos que se clasifiquen en las subpartidas 72.15.50.10.00 y 73.14.20.00.00, que sean fabricados, importados o comercializados en el territorio colombiano, deberán cumplir con el nuevo reglamente, que dispone, entre otros, los requisitos específicos de etiquetado, estampado, características técnicas, numerales y ensayos de acuerdo con la Norma Técnica Colombiana NTC 5806 de 2019.
Así mismo, la resolución establece que la supervisión y control del nuevo reglamento técnico estará a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y entrará en vigor, seis (6) meses después de su publicación en el Diario Oficial.
Ministerio de Comercio, Industria y Comercio
Resolución 1019 del 22 de agosto de 2024, publicada en la página web el 15 de octubre de 2024.
La DIAN se pronuncia sobre la posibilidad de que las empresas de tráfico postal y envíos urgentes sean consideradas empresas de apoyo en zonas francas.
Con la expedición del Concepto 006899 int 810 de 2024, la DIAN se pronunció sobre la posibilidad o no de que las empresas de tráfico postal y envíos urgentes sean consideradas empresas de apoyo en zonas francas.
Sobre el asunto, la DIAN indica que la norma especial de zonas francas prevé de manera expresa que los usuarios industriales son los que pueden someter al régimen aduanero las mercancías bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, según los términos y condiciones que establezca la Autoridad Aduanera.
Añade la Entidad que, las empresas de apoyo no pueden realizar actividades que impliquen el desarrollo del objeto social de un usuario de zona franca, por lo que no es posible que esta modalidad se adelante por parte de un intermediario de tráfico postal como empresa de apoyo.
Así pues, se concluye que las actividades para desaduanar bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes no son en sí mismas, una actividad de apoyo para las diferentes operaciones que realizan los diferentes usuarios de zona franca, por ser un proceso independiente, a diferencia, por ejemplo, de las actividades de las agencias de aduanas que si pueden generar apoyo a los otros usuarios.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
Concepto 006899 int 810 de 2024 del 24 de septiembre de 2024, publicado en la página web de la DIAN el 2 de octubre de 2024.
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