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Boletín semanal | 16 de mayo, 2024
La Corte Constitucional admitió el incidente de impacto fiscal presentado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en contra de la sentencia c-489 de 2023, y convocó audiencia de impacto fiscal.
Con motivo del incidente de impacto fiscal presentado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en contra de la Sentencia C-489 de 2023, por medio de la cual se declaró inexequible el parágrafo 1 del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022, que modificó el artículo 115 del Estatuto Tributario, la Corte Constitucional admitió dicho incidente mediante el Auto nro. 749 de 2024. Una vez verificados y estudiados los requisitos formales y materiales para la admisión del incidente, la corte procedió a admitirlo y convocar audiencia de impacto fiscal, en los siguientes términos:
“La Corte observa que el escrito de subsanación del IIF sobre la Sentencia C-489 de 2023, presentado por el ministro de Hacienda y Crédito Público, cumple, en términos generales, los requisitos constitucionales, legales y jurisprudenciales para ser admitido. En consecuencia, resulta procedente convocar la audiencia de impacto fiscal prevista en el artículo 11 de la Ley 1695 de 2013. Al respecto, la Sala debe hacer dos consideraciones que son importantes de cara a los términos y el alcance que tendrá la audiencia”.
De la misma manera, la corte reitera la admisión del incidente de impacto fiscal suspende provisionalmente los efectos de la sentencia en comento, hasta que el alto tribunal tome la decisión de fondo pertinente:
“El auto de admisión implica convocar la audiencia respectiva, en el término máximo de tres días, contados desde la notificación por estado de este auto al ministerio solicitante, y notificar a las partes que formaban parte del proceso, sobre el cual se solicita la apertura del incidente de impacto fiscal, esto es, el proceso identificado con el radicado D-15.097 (…) En similar sentido, el artículo 11 ejusdem determina que, durante la audiencia de impacto fiscal, «el solicitante explicará las consecuencias de la sentencia o del auto que se profiera con posterioridad a la misma, en las finanzas públicas y el plan concreto para su cumplimiento. En dicha audiencia participarán las partes del respectivo proceso, quienes podrán presentar su posición respecto de la solicitud contenida en el incidente»”.
En ese sentido, la Corte resuelve admitir el incidente de impacto fiscal y suspender los efectos de la sentencia C-489 de 2023, a partir de la notificación del Auto y hasta que se notifique la decisión de fondo que adopte la Sala Plena de la Corte Constitucional en relación con el mismo; así como también convocar audiencia dentro de los tres días siguientes a la notificación del mismo.
Corte Constitucional.
Auto nro. 749 del 24 de abril de 2024. M.P. Jorge Enrique Ibáñez Najar y Cristina Pardo Schlesinger.
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