Análisis

Litigios 

Boletín semanal | 25 de mayo, 2021

La Dirección General de la DIAN suspendió el término de determinadas actuaciones administrativas, adelantadas por la Entidad en materia tributaria, aduanera y cambiaria entre el 19 de mayo y el 8 de junio de 2021 a cargo de todas las Direcciones Seccionales del País y las dependencias del nivel central, y prorrogó la suspensión de términos para la Dirección Seccional de Impuestos de Cali

Mediante Resolución nro. 43 del 18 de mayo de 2021, el Director General de la DIAN resolvió suspender los términos administrativos relacionados con las actuaciones y procesos de carácter tributario, aduanero y cambiario de
competencia de las Direcciones Seccionales de todo el país y de las dependencias del nivel central, así como amplió la suspensión de términos para la Dirección Seccional de Impuestos de Cali por el mismo tiempo, en atención a las medidas de restablecimiento del orden público expedidas con ocasión al paro nacional y las movilizaciones realizadas desde el pasado 28 de abril del año en curso.  

A manera de ejemplo, la DIAN suspendió, entre otros, los términos para la expedición de actos administrativos en materia tributaria, aduanera, cambiaria
y administrativa cuya notificación se haga con intervención del correo físico en alguna de sus etapas, entre estas la notificación personal, la notificación por correo, la notificación por edicto, la notificación por estado y la notificación por aviso, incluidas las que se hacen mediante delegación, actuaciones que incluyen, entre otros, i) liquidaciones oficiales de revisión, ii) requerimientos ordinarios, iii) resoluciones de devolución y/o compensación, iv) resoluciones de rechazo definitivo, v) resoluciones de corrección, resoluciones sancionatorias.  

Finalmente, la Administración Tributaria precisó que “los términos se reanudarán el 09 de junio de 2021. Para este efecto, los términos suspendidos empezarán a correr nuevamente, teniendo en cuenta los días que al momento de la suspensión hacían falta para cumplir con las obligaciones correspondientes, incluidos aquellos establecidos en meses o años.”  

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Resolución No. 000043 del 18 de mayo de 2021

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Resolución No. 000043 del 18 de mayo de 2021
¿Le pareció útil este contenido?