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Impuestos Corporativos

Boletín semanal | 31 de octubre, 2024

La DIAN emitió decimoséptima adición al concepto general del Impuesto sobre la Renta a cargo de las personas jurídicas con motivo de la Ley 2277 de 2022.

El pasado 18 de octubre de 2024, la DIAN emitió decimoséptima adición al concepto general del Impuesto sobre la Renta a cargo de las personas jurídicas con motivo de la Ley 2277 de 2022 enfocándose esencialmente en el efecto de la diferencia en cambio en la Tasa Mínima de Tributación (“TTD”).

Al respecto se resalta esencialmente que, el efecto de la diferencia en cambio en la TTD depende de: (i) Su impacto en la determinación del impuesto neto de renta de conformidad con lo previsto en el artículo 288 del ET, y, (ii) Su reconocimiento en el estado de resultado del período o en el otro resultado integral según los marcos técnicos normativos al momento de determinar la Utilidad Contable, que a su vez deberá observar lo siguiente.

Si se reconoce en el estado de resultado del período, impactará el cálculo de la TTD. Sin embargo, si el contribuyente gestiona el riesgo por exposición al riesgo cambiario, este efecto puede neutralizarse. Ello por cuanto que, si la exposición al riesgo cambiario en el activo es la misma que en el pasivo, la fluctuación de la tasa de cambio se neutraliza y, en consecuencia, no impacta la TTD. Así, en el evento en que el contribuyente no neutralice el impacto en el estado de resultado del periodo y esto dé lugar a que se adicione impuesto, este mayor valor no es susceptible de ser recuperado.

Ahora, si se reconoce en el otro resultado integral la fluctuación no impacta el cálculo de la TTD, resaltamos que, este componente fue abordado específicamente en la pregunta 10 del Concepto General.

DIAN – Concepto nro. 006363 del 18 de octubre de 2024.

Avanza proyecto que facilitará devolución de saldos a favor del Impuesto sobre la Renta.

El pasado 15 de octubre de 2024, durante la sesión de plenaria del Senado se dio continuidad al proyecto de ley que busca modificar el artículo 855 del Estatuto Tributario y demás normas relacionadas con la devolución y/o compensación por saldos a favor originados en las declaraciones o actos administrativos del Impuesto sobre la Renta y complementarios, por lo que pasará a su tercer debate en la Cámara de Representantes.

El proyecto pretende reducir los términos o plazos de devolución de saldos a favor de 50 a 30 días en lo que respecta al Impuesto de Renta y complementarios. La propuesta busca que esta devolución se genere sin necesidad de mediar solicitud posterior a la presentación de la declaración de renta por parte del contribuyente.

Así mismo, se incluyen a las personas asalariadas o que devenguen honorarios por prestación de servicios para ser beneficiadas de la devolución automática una vez se cumplan con los requisitos exigidos.

 Senado de Colombia – Proyecto de ley 184 de 2023.

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