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Impuestos indirectos y comercio exterior

Boletín semanal | 7 de septiembre, 2023

Proyecto de Circular mediante el cual se pretende consolidar en un solo documento los Requisitos, permisos y autorizaciones exigidos previamente a la presentación de las solicitudes de registro y de licencia de importación, por parte de las entidades que participan en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) y que actualmente se encuentran contenidos en la Circular 018 de 2020 y las Circulares modificatorias las circulares 04, 007, 011, 018 y 025 de 2021; 004, 006 y 022 de 2022.

Los citados requisitos corresponden a información que es remitida por cada una de las entidades que participan en el módulo de importación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, de acuerdo con sus competencias, y su consolidación permitirá a los usuarios de comercio exterior tener una herramienta de facilitación para el desarrollo de sus operaciones de importación al territorio aduanero nacional.

Los comentarios sobre este proyecto normativo podrán remitirse al correo electrónico comentarioscircularvbvuce@mincit.gov.co, el cual fue creado exclusivamente para la recepción de dicha información, hasta el 14 de septiembre de 2023, empleando el formato Excel "Matriz comentarios CVB".
 

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Proyecto de circular del 25 de agosto de 2023.

Conozca más

Si es titular de Cuenta de Compensación siga las siguientes recomendaciones para utilizar el nuevo Sistema de Información Cambiaria a partir del 4 de octubre de 2023.

El Banco de la República ha informado a todos los titulares de Cuentas de Compensación que la transmisión de la información (F10) que se venía realizando a través del Sistema Estadístico Cambiario (SEC) deberá realizarse mediante el nuevo Sistema de Información Cambiaria, a partir del 4 de octubre del presente año.

Es preciso que tenga en cuenta las siguientes recomendaciones para que se prepare de la mejor forma:

  1. Hasta el 29 de septiembre podrá utilizar el antiguo sistema SEC para transmitir el Formulario 10 correspondiente al mes de agosto.
  2. Desde el 31 de agosto se puede crear el usuario en el nuevo sistema.
  3. Durante el mes de Septiembre el Banco de la República publicará modificaciones a la circular DCIP 83 que evidenciarán los nuevos cambios.
    4. El nuevo sistema empezará a regir y funcionar el 4 de octubre de 2023, es decir para la transmisión del F10 de septiembre.

Recuerde que este Sistema permitirá el envío de información a través de formas electrónicas disponibles en línea o a través de archivos XML y requerirá que cuente con un usuario, por lo que el banco notificará el procedimiento y a partir de qué momento se podrá crear el usuario para acceder al módulo de Cuentas de Compensación.

En el caso que la información se envíe a través de archivos XML, se debe utilizar la estructura que se defina para cada operación, y los datos que el banco establezca para el diligenciamiento de estos.
 

Banco de la República. Comunicado de prensa, agosto de 2023.

Claudia Rocío Garzón
Gerente Senior Impuestos y Servicios Legales
clgarzon@deloitte.com

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