Boletín Energía

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Boletín de Energía - Deloitte Legal

Febrero - abril de 2021

Este Boletín de novedades del sector energético pretende poner el foco en aquellas novedades legislativas y jurisprudenciales que puedan afectar al día a día de nuestros clientes, así como en las noticias más relevantes y la presencia de la Firma en el sector energético a través de publicaciones y operaciones en las que ha prestado su asesoramiento. Esperamos que os sea de gran utilidad e interés.

Publicado el texto final del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 por medio de la Resolución de 25 de marzo de 2021, conjunta de la Dirección General de Política Energética y Minas y de la Oficina Española de Cambio Climático, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de marzo de 2021

Con esta Resolución se adopta la versión final del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC), evaluada por la Comisión Europea el 14 de octubre de 2020.

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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha sometido a trámite de información pública el proyecto de Orden Ministerial por la que se crea un mercado de capacidad en el sistema eléctrico español

Se ha elaborado un proyecto de disposición general por la que se crea un mercado de capacidad en el sistema eléctrico español, que se constituye como un sistema centralizado mediante el cual REE contratará las necesidades de potencia firme (en MW) detectadas en los análisis de cobertura de la demanda a través de procedimientos de concurrencia competitiva (subastas pay-as-bid) gestionados por el OS.

El proyecto contempla dos modalidades de subasta: subastas principales, cuyo periodo de prestación del servicio de capacidad se inicia en un plazo máximo de 5 años desde la asignación del servicio tras la celebración de la subasta, y subastas de ajuste, asociadas a un periodo de prestación del servicio de capacidad de 12 meses de duración, el cual se inicia en un plazo máximo de 12 meses desde la asignación del servicio. Las primeras garantizarían las necesidades de potencia firme y fomentarían la inversión en activos como el almacenamiento, mientras que las segundas resolverían potenciales problemas de cobertura que no se cubran con las principales.

Para cumplir con el objetivo de neutralidad tecnológica se crean los ratios de firmeza, que permitirán evaluar la capacidad de cada una de las energías para encontrarse disponible en los momentos de mayor escasez.

Finalmente se establece el sistema de financiación del mercado de capacidad, que será asumida por todos los consumidores de energía eléctrica y que se establecerá como un término de energía, por segmento tarifario y periodo horario en función de sus necesidades de firmeza.

El plazo para presentar alegaciones estará abierto hasta el 12 de mayo de 2021.


En vigor el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo

Este programa, que durará hasta diciembre de 2023 y estará dotado con 400 millones de euros ampliables a 800 millones, financiará con ayudas directas la compra de vehículos eléctricos o híbridos enchufables como turismos, furgonetas o motos, así como la adquisición e instalación de infraestructuras de recarga.

Respecto a las infraestructuras de recarga, MOVES III establece que las infraestructuras de recarga de acceso público que estarán apoyadas por el programa, deberán garantizar el servicio durante al menos 5 años y permitir la recarga puntual a los usuarios de vehículos eléctricos sin necesidad de un contrato con el operador del punto de recarga en cuestión.

El Real Decreto entró en vigor el pasado 15 de abril.

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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha abierto una consulta pública sobre el proyecto de Real Decreto por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos

La norma tiene por objetivo complementar el despliegue de la infraestructura de puntos de recarga en el territorio nacional fijando las bases de la ordenación de los modelos de actividad ligados a la prestación de dichos servicios de la recarga de vehículos eléctricos, contribuyendo así a un mejor y más eficaz desarrollo de la movilidad sostenible.

El proyecto de Real Decreto aclara quiénes son los agentes participantes en la prestación de servicios de recarga, destacando el operador del punto de recarga (CPO) que se constituye como el sujeto titular de los derechos de explotación de la infraestructura del punto de recarga, y la empresa proveedora de servicios de movilidad eléctrica (EMSP), una especie de “operador virtual” que puede actuar como tercero prestando servicios de valor añadido al usuario de vehículos eléctricos.

De esta forma, el CPO ha de asumir determinadas obligaciones respecto al servicio de recarga en condiciones de mínimo coste y eficiencia del que puedan beneficiarse los usuarios de vehículo eléctrico. Asimismo, aspectos como la presentación de precios del suministro de forma clara y transparente, o la obligación de constitución de servicio de atención a reclamaciones e incidencias en relación al servicio de recarga son aspectos que refuerzan la protección de los usuarios de vehículos eléctricos como receptores de este servicio.

En cuanto al EMSP, su función principal reside en la intermediación entre el usuario y el CPO, debiendo existir un acuerdo de interoperabilidad que asegure la efectiva comunicación entre él y el CPO, así como con el usuario.

Finalmente, la norma modifica el Real Decreto 1183/2020, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica para admitir las solicitudes de acceso y conexión de plantas de producción con vertido a la red destinadas al autoconsumo que se conecten a la red de distribución de energía eléctrica y que soliciten acceso por una capacidad no superior a 100 kW.

El plazo para presentar alegaciones estará abierto hasta el viernes 30 de abril.


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-220/2019 confirmó la adecuación del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica al Derecho Comunitario.

El pasado 3 de marzo de 2021 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvía finalmente sobre la conformidad del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica con respecto al acervo Comunitario, en particular, la calificación del Impuesto como de naturaleza directa o indirecta y por ende su compatibilidad con el Impuesto sobre la Electricidad, señalando finalmente el carácter directo del mismo y su conformidad con el Derecho Comunitario.

La idoneidad de este Impuesto, así como su posible adecuación a Derecho ha sido cuestionado desde su entrada en vigor en el año 2013 por todos los operadores del mercado. Incluso, antes de ser analizado por el TJUE, ya fue objeto de examen por parte del Tribunal Supremo y por el Tribunal Constitucional, que vino a confirmar la constitucionalidad del tributo.

Con esta sentencia del TJUE, debería resolverse la mayor parte de la litigiosidad que ha desencadenado este impuesto desde su entrada en vigor, confirmando su legalidad, con independencia de que en un futuro se pueda decidir su modificación o su desaparición definitiva por cuestiones de política energética o por medidas de naturaleza medio ambiental.


La CNMC ha aprobado el Informe sobre la propuesta de resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se establece el contenido mínimo y el modelo de factura de electricidad

A partir del próximo 1 de junio, entrará en vigor una nueva estructura de peajes y cargos que afectará a la facturación de los consumidores eléctricos. Con motivo de esos cambios, el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico prepara una nueva factura para los clientes acogidos al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) con potencias contratadas hasta 15 kW.

La CNMC considera que la nueva factura debe simplificarse y priorizar aquellos aspectos que ayuden a los clientes a ser cada vez más eficientes en su consumo eléctrico. En este sentido, propone que, en la primera página, se incluya si se tiene contratada una tarifa de libre mercado o regulada, así como la potencia máxima demandada durante el mes. Este último dato permitirá a los consumidores adaptarse mejor a la nueva estructura de precios, ya que el nuevo sistema permite contratar hasta dos potencias distintas en el periodo a los pequeños consumidores.

El consumo facturado comparado con otros meses, la manera de presentar una reclamación, el resumen de los importes que componen la factura y su porcentaje sobre el importe final, así como la posibilidad de solicitar la factura electrónica y de acceder a información relevante a través de medios digitales, son otros aspectos que la CNMC recomienda que se incluyan en la nueva factura.

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El Consejo y el Parlamento Europeos han llegado a un acuerdo sobre la Propuesta del Mecanismo Conectar Europa (MCE)

Este mecanismo, que cuenta con una partida presupuestaria de 33.700 millones de euros con cargo al próximo presupuesto a largo plazo de la UE 2021-2027, apoyará la inversión en las redes de infraestructura digital, energética y de transporte de Europa, teniendo en cuenta la doble transición verde y digital y contribuyendo a objetivos del European Green Deal y de la Década Digital.

Se inducirá una mayor integración del mercado interior de la energía que resulte eficiente y competitivo, mejorando la interoperabilidad de las redes transfronterizas y facilitando la descarbonización y la cooperación energética transfronteriza. En particular, a través del respaldo al nuevo marco del plan TEN-E propuesto por la CE a finales del año pasado con apoyo financiero específico para proyectos de infraestructura clave que vinculan los sistemas energéticos de la UE.

Este acuerdo provisional ahora debe ser aprobado formalmente tanto por el Parlamento Europeo como por el Consejo.


Se ha publicado en el BOE la Orden TED/275/2021, de 18 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2021

En el anexo I se establece la metodología empleada para asignar las obligaciones de ahorro y su equivalencia económica para el año 2021.

En el anexo II se establece, para los sujetos obligados, sus respectivas cuotas de obligaciones de ahorro para el año 2021 y su equivalencia económica, resultantes de aplicar los criterios establecidos en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y eficiencia. Asimismo, se dispensa para aquellos sujetos obligados que no hubieran aportado datos conforme al artículo 70.2 de la citada Ley 18/2014, de 15 de octubre, las cuotas de obligaciones de ahorro para el año 2021 y su equivalencia financiera a partir de la información disponible en la CNMC y la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos, sin perjuicio del régimen sancionador aplicable en su caso.

El valor de la retribución del coste de contribución al Fondo Nacional de Eficiencia Energética será de 0,000235 €/kWh.

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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico

Esta norma no fija los cargos concretos, propuestos por el proyecto de orden que, tal y como nos hemos referido anteriormente, se encuentra aún sometido a audiencia pública, sino el método que se utilizará para su cálculo. El Real Decreto asume la misma estructura tarifaria por niveles de tensión que la que utiliza la CNMC para el cálculo de los peajes de transporte de la electricidad. También se utiliza el mismo diseño que la CNMC a la hora de estructurar el cálculo en cargos con discriminación horaria.

Destaca que todos los consumidores con una potencia contratada inferior a 15 kW pasarán a tener tres periodos de facturación diferenciados.

El texto también adapta la figura del PVPC a la nueva estructura de peajes y cargos, y establece el mandato de actualizar este cambio en la factura mediante resolución (recientemente informado por la CNMC), así como de adecuar los precios unitarios que financian los pagos por capacidad mediante orden ministerial (cuyo proyecto se encuentra sometido a audiencia pública -tal y como hemos indicado anteriormente- hasta el 12 de mayo).

El objetivo es que la factura tenga un mayor componente variable -un 75%- y promover el autoconsumo, reduciendo la demanda de energía procedente de la red.


La CNMC aprueba la Resolución de 18 de marzo de 2021, por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de junio de 2021

El objeto de esta Resolución es establecer los peajes de transporte y distribución de energía eléctrica para 2021, de conformidad con lo previsto en la Circular 3/2020.

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Se ha publicado en el BOE la Circular 2/2021 de la CNMC, por la que se establece la metodología y condiciones del etiquetado de la electricidad para informar sobre el origen de la electricidad consumida y su impacto sobre el medio ambiente

La Circular establece que toda empresa comercializadora que venda electricidad a clientes finales deberá indicar en sus facturas o un documento adjunto, tanto en papel como en formato electrónico, el correspondiente etiquetado de electricidad de empresa comercializadora (Supplier Mix), que incluye información del mix de comercialización, las emisiones de CO2, los residuos radiactivos de alta actividad y la posición relativa del impacto ambiental asociado de la empresa comercializadora frente a la media del sector.

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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha lanzado una consulta pública sobre la Propuesta de planificación de la Red de Transporte de Electricidad para el Periodo 2021-2026

El objetivo de esta Planificación es establecer las necesidades de desarrollo de la red de transporte de electricidad teniendo en cuenta distintos factores, como son el mantenimiento y la mejora de la seguridad de suministro del sistema eléctrico, la integración de la nueva generación renovable, la eliminación de las limitaciones estructurales de la red o la cobertura de las necesidades de interconexión internacional y conexión de territorios no peninsulares, entre otros.

La red de transporte propuesta por el Ministerio promueve una integración de energías renovables del 67% en el sistema eléctrico peninsular. Atendiendo al principio de maximizar el uso de la red existente, el 69% de la conexión de nueva generación renovable se realizará en instalaciones ya existentes o planificadas previamente, y solo el 31% requerirá nuevas actuaciones.

La inversión estimada para las actuaciones necesarias para llevar a cabo esta estrategia asciende a unos 6.668 millones de euros, de los cuales 1.064 millones corresponden a actuaciones para reforzar las interconexiones con Francia, Portugal, Andorra y Marruecos y 5.604 millones a actuaciones de refuerzo de las redes de transporte que componen el sistema eléctrico nacional.


El Consejo de Ministros ha aprobado la Estrategia de Almacenamiento Energético que apoyará el despliegue de energías renovables y será clave para garantizar la seguridad, calidad, sostenibilidad y economía del suministro

El objetivo de este documento es aumentar la capacidad del país para almacenar energía de forma que se pueda regular mejor tanto la disponibilidad de la misma como el precio, evitando subidas y bajadas demasiado pronunciadas.

Las tecnologías de almacenamiento de energía tienen aplicación en sectores como el de la movilidad eléctrica o el de la edificación a través del autoconsumo eléctrico y del almacenamiento de energía térmica, permitiendo la aparición de nuevas soluciones en edificios, que además sirven de medida contra la pobreza energética. Asimismo, pueden usarse en la industria, que posee un fuerte potencial de autoconsumo con almacenamiento, integración energética y descarbonización de procesos que utilizan calor y frío; así como en el resto de sectores mediante aplicaciones de autoconsumo, entre otras.

El documento contempla disponer de una capacidad total de unos 20 GW en el año 2030, contando con los 8,3 GW de almacenamiento disponibles actualmente y de alrededor de 30 GW en 2050. Para ello, la Estrategia expone 10 líneas de actuación, que a su vez presentan 66 medidas concretas.

Reconocimiento del directorio The Legal 500 al equipo de Derecho Público & Sectores Regulados de Deloitte Legal

Estamos muy orgullosos de anunciar la entrada de nuestro equipo de Derecho Público y Sectores Regulados directamente en banda 3 en el prestigioso directorio The Legal 500. Sin duda, ello es fruto del gran trabajo que estamos llevando a cabo y de la firme apuesta de Deloitte Legal España por que nuestro equipo se consolide como un referente en el sector energético.

La publicación destaca de nuestro equipo que:

‘It is an extremely rigorous and honest team in its advice, with extraordinary knowledge in the different regulated sectors, very close treatment and extraordinary availability.’

‘It is a department that has been renewed through the recent incorporation of new partners from top firms in this practice.’

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