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Novedades en materia de cursos y programas de formación para distribuidores de seguros y de reaseguros – Resolución de 3 de junio de 2021 de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

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El pasado 3 de junio de 2021, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSYFP) publicó la Resolución por la que se establecen los principios básicos de los cursos y programas de formación de los distribuidores de seguros y reaseguros.

Dicha resolución, viene a completar y desarrollar lo establecido en el Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, sobre formación y remisión de la información estadístico-contable de los distribuidores de seguros y reaseguros, así como en el Real Decreto-ley 3/2020 de medidas urgentes por el que se incorporaron al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea, entre las que se encuentra, la directiva de distribución de seguros y reaseguros privados.

Se vienen a fijar los requisitos y principios básicos de los cursos y programas de formación para los distribuidores de seguros y su personal relevante, de cara a garantizar los conocimientos suficientes para el desarrollo de la actividad de distribución.

La resolución consta de nueve artículos y tres Anexos, entre cuyas novedades destacamos las siguientes:

  • Los cursos de formación inicial contemplarán formación teórica y práctica. Esta última no podrá ser inferior al 30 por ciento de la duración total del curso.
  • En las evaluaciones de los distintos niveles de formación se deberán realizar pruebas o exámenes que contengan cuestiones de tipo teórico y práctico. Por su parte, los organizadores del curso deberán llevar un registro de la formación impartida.
  • El reconocimiento de la formación previa será establecido por el organizador del curso especificando determinados extremos, entre los que se encuentran los criterios de convalidación que serán aplicables. Asimismo, el organizador deberá llevar un registro de las solicitudes de convalidación recibidas que debe estar a disposición de la DGSYFP.
  • Se establecen los requisitos y principios básicos aplicables a los cursos de formación del nivel 1, indicando, entre otros, quién podrá organizar los cursos, su forma de impartición (se exige asistencia, al menos al 80 por ciento de las clases) y la posibilidad de realizar exámenes no presenciales, cumpliendo determinadas condiciones que garanticen la autoría y validez de la evaluación realizada.
  • Se establecen los requisitos y principios básicos aplicables a los cursos de formación del nivel 2 y nivel 3, indicando, entre otros quién podrá organizar los cursos, la forma de impartición (presencial o a distancia) y la posibilidad de realizar exámenes no presenciales, cumpliendo determinadas condiciones que garanticen la autoría y validez de la evaluación realizada.
  • Los distribuidores de seguros y reaseguros deberán elaborar una memoria anual en la que se recoja el contenido, duración y las personas que han llevado a cabo la formación continua, debiendo estar a disposición de la DGSYFP.
  • Los Anexos I, II y III establecen el contenido y los módulos que deberán respetar los cursos de formación inicial del nivel 1, nivel 2 y nivel 3.

La resolución deroga la Resolución de 18 de febrero de 2011 de la DGYSFP por la que se establecen los requisitos y principios básicos de los programas de formación para los mediadores de seguros y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).


Pinche aquí para acceder al enlace de la Resolución.