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Composición de los comités de auditoria
Carlos Luis Bustamante Segnini Socio Líder de Auditoria y Assurance Guatemala, Panamá y El Salvador
Dando continuidad a las publicaciones recientes que hemos realizado, relacionadas con los comités de auditoría y, en específico, a los pilares fundamentales que están directamente vinculados al desempeño de estos, en esta oportunidad ampliaremos lo relacionado a su composición.
Como lo habíamos señalado en la publicación anterior, existen marcos de referencia locales e internacionales respecto de cómo se deben integrar los comités de auditoría, los cuales establecen los requerimientos de independencia, ética, experiencia profesional y demás consideraciones para determinar la idoneidad de sus miembros. Entre las mejores prácticas encontramos los requerimientos establecidos por la Security Exchange Commision (SEC) de Estados Unidos, y en específico las normas del New York Stock Exchange (NYSE) o el Nasdaq, que incluyen incluso requerimientos adicionales a los de la SEC. Estos marcos pueden resultar una referencia importante, sin menoscabo de los requerimientos regulatorios locales para entidades listadas en una bolsa de valores o bajo la supervisión del regulador del sistema financiero, según sea el caso.
Unas de las consideraciones claves para conseguir una adecuada composición es establecer mecanismos formales de selección, que se encuentren orientados no solo a verificar el cumplimiento de los requerimientos de independencia y ética, sino también a que los miembros del comité de auditoría cuenten con el conocimiento técnico y la experiencia suficiente para aportar valor a las actividades, logro de metas y objetivos de dicho comité.
Al referirnos a la experiencia y conocimiento técnico suficiente no implica que todos los miembros deban ser especialistas en todas las funciones del comité, pero si encontramos entre las mejores prácticas, e incluso en ciertos requerimientos regulatorios, que entre los miembros del comité de auditoría deben encontrarse como mínimo: un especialista en la industria donde opera la compañía o grupo empresarial, un especialista de control interno y un especialista en materia contable y financiera, con amplios conocimientos y experiencia en la aplicación de principios contables. Esta diversidad permitirá al comité retar apropiadamente y con fundamentos técnicos solidos a la función contable y de control interno, evaluando y retando los asuntos de juicio que se pudieran suscitar como son las estimaciones contables relevantes u otras áreas en las que el sesgo de la administración pudiera estar presente y así cumplir con el rol de vigilancia y de garante de un proceso apropiado de generación de información financiera confiable y transparente.
Asimismo, en los últimos años, tomando mayor relevancia recientemente, se les han otorgado funciones adicionales a los comités de auditoría, que transcienden del rol supervisor del control interno y generación de información financiera, a otras áreas como ciberseguridad, temas ambientales, sociales y de gobernanza, transformación digital, entre otros, que conllevan que la selección de los miembros deba estar alineada con las funciones del comité y respondan a esta demanda de profesionales con un perfil técnico y de experiencia muy específico y, quizás, hasta novedoso en el contexto de los comités de auditoría tradicionales para nuestra región.
Una vez que han sido seleccionados los miembros del comité de auditoría con las características de idoneidad que hemos mencionado, el proceso no debe quedar allí, pues debe estar acompañado de una evaluación periódica para corroborar que todos ellos mantienen los requerimientos de independencia, ética, así como el conocimiento técnico y la experiencia requerida, en sintonía con las necesidades de la organización y con las funciones que se le han encomendado como órgano clave en la gobernanza de una entidad o grupo empresarial.
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