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Con regulación y supervisión, reforma a Ley SAR sería positiva
Ampliar el número de instrumentos de inversión y lograr mejores rendimientos para los trabajadores son las premisas bajo las que, en enero pasado, el Ejecutivo federal presentó una iniciativa para modificar la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR).
En entrevista con Juan Carlos Santillán, Socio de Business Tax en Deloitte México.
Ciudad de México, 6 de marzo de 2019.
El proyecto plantea, básicamente, cambios en tres aspectos fundamentales relacionados con las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), como lo explica el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas:
- Régimen de inversión.
• Plantea la sustitución de las Sociedades de Inversión Especializadas para el Retiro (Siefores), que son los fondos que las Afore utilizan para invertir los recursos de los trabajadores, por Fondos de Inversión Especializados para el Retiro (Fiefores).
De esta forma, precisa la iniciativa, la Afore podrá invertir el dinero de los trabajadores en un solo fondo durante toda su vida laboral, lo que se traduciría en mayores rendimientos.
• Propone, entre otros aspectos, que la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) sea quien determine el régimen de inversión de las administradoras. - Comisiones.
• Plantea la inclusión de un componente adicional para las administradoras, el cual será calculado con base en el rendimiento que hayan obtenido los trabajadores sobre la inversión de sus recursos en los Fondos de Inversión, a través de una metodología autorizada por la Consar.
• Propone cambiar el esquema actual de cobro de comisión, que se aplica sobre el saldo en la cuenta, a un modelo compuesto por dos elementos: una comisión sobre el saldo administrado y otra por el desempeño de las inversiones. - Ahorro voluntario.
• Busca eliminar los requerimientos para que el ahorro voluntario permanezca depositado por un periodo determinado, con lo cual, los trabajadores podrían retirarlo cuando ellos lo deseen.
• Plantea que el ahorro voluntario no esté sujeto a montos mínimos ni máximos y sea susceptible de estímulos y beneficios fiscales establecidos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Bien supervisadas, las modificaciones que se pretenden llevar a cabo pueden ser positivas, sin embargo, su aplicación sugiere diversos desafíos en los que se deberá trabajar y poner especial atención.
El más importante de ellos, es, desde nuestra perspectiva, la flexibilización del régimen de inversión, un cambio que tiene que revisarse a fondo, pues mal dimensionado o apostando por instrumentos o proyectos no viables, puede generar consecuencias negativas para el patrimonio de los trabajadores.
En ese sentido, será importante establecer los controles y límites de inversión necesarios que hagan sentido con el riesgo. Asimismo, que las autoridades encargadas de su supervisión realicen, de manera puntual, los trabajos de análisis e inspección de todo el proceso de inversión.
Por otro lado, respecto a la reducción que se prevé en las comisiones que las Afores cobran a los trabajadores y al lanzamiento de nuevos incentivos fiscales para el ahorro, podemos señalar que es innegable la capacidad que tienen ambos elementos para incrementar, de manera sustancial, la rentabilidad de los recursos administrados.
No obstante, hay que recordar que no son las únicas variables que juegan en materia de rendimiento. Los otros aspectos que tienen una relevancia en ese aspecto, y que también son fundamentales, son los activos en los que las Afores y Siefores deciden invertir los recursos del trabajador, un proceso en el que sin duda deberán tomar en cuenta el nivel de riesgo.
La conclusión es clara: con una buena regulación y supervisión, el proyecto de reforma a la Ley de SAR tiene el potencial para beneficiar no solo al trabajador, sino también, incluso, al propio gobierno.
La iniciativa impulsada por el Ejecutivo plantea cambios en el régimen de inversión de las Afores, en las comisiones que se cobran a los trabajadores y en el esquema de ahorro voluntario.
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