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Boletín semanal | 10 de julio, 2023

Aprueban el reglamento de la Ley nro. 31690, que crea el régimen de reprogramación de aportes previsionales del Sistema Privado de Pensiones para entidades del sector privado

Por Decreto Supremo nro. 145-2023-EF se aprueba el Reglamento de la Ley nro. 31690, que crea el régimen de Reprogramación de aportes previsionales del Sistema Privado de Pensiones para entidades del sector privado (REPRO AFP-PRIVADO), el cual destaca entre sus principales disposiciones:

  1. Pueden ser acogidas al REPRO AFP-PRIVADO las deudas por aportes previsionales al fondo del Sistema Privado de Pensiones devengados hasta el 31/12/2022, que no fueron cancelados en su oportunidad por los empleadores, cualquiera fuese el estado de cobranza o que hayan sido materia de algún régimen de fraccionamiento o regularización de aportes previsionales.
  2. No son materia de acogimiento los aportes previsionales que se encuentren en procedimiento concursal.
  3. La Superintendencia de Banca y Seguros dicta los lineamientos sobre la información que debe contener el portal AFPnet, a fin de que las AFP puedan poner a disposición de los empleadores, la información de la deuda por aportes previsionales que puede ser materia de acogimiento al REPRO. Los empleadores deben verificar esa información y de ser el caso indicar las observaciones del caso.
  4. Una vez concluido el procedimiento de determinación de deuda por aportes previsionales, la deuda total a acoger debe ser actualizada por el AFPnet y aplicar la rentabilidad correspondiente.
  5. Previo al fraccionamiento de la deuda actualizada, el AFPnet pone a disposición de los empleadores la simulación del fraccionamiento a fin de que el empleador determine el número de cuotas para fraccionar su deuda, debiendo considerar para cada AFP lo siguiente:
    - La totalidad de la deuda actualizada puede fraccionarse hasta en 60 cuotas.
    - Las cuotas están constituidas por la amortización de capital más los intereses producto de la aplicación de la tasa de interés de fraccionamiento.
    - Las cuotas no pueden ser menores al valor de 1 URP, vigente al momento de la publicación de la ley, salvo que la deuda sea acogida a única cuota.
  6. Una vez realizada la determinación, actualización y cálculo de la deuda fraccionada, el AFPnet emite el reporte y el convenio con cada AFP a ser aprobados por el empleador.
  7. La fecha límite de acogimiento al REPRO AFP-PRIVADO es el 31/12/2023.
  8. El pago de las cuotas de la deuda fraccionada debe ser efectuado por los empleadores, hasta el quinto día hábil del mes siguiente al que corresponde la cuota.
  9. Con el acogimiento al REPRO AFP-PRIVADO se suspenden los procesos de cobranza judicial.
  10. La Superintendencia de Banca y Seguros dicta las normas complementarias y aprueba los procedimientos operativos necesarios para la implementación de este reglamento.
     

Decreto Supremo nro. 145-2023-EF

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Se aprueba la Directiva para la atención de denuncias sobre presuntos actos de corrupción y solicitudes de medidas de protección al denunciante

El 6 de julio se publicó la Resolución de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos nro. 112-2023-SUNARP/GG, mediante la cual se aprueba la Directiva para la atención de denuncias sobre presuntos actos de corrupción y solicitudes de medidas de protección al denunciante.

La nueva norma aprobada tiene por objeto regular la atención de denuncias sobre presuntos actos de corrupción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp - y el otorgamiento de medidas de protección al denunciante. En ese sentido, mediante la misma se desarrollan los canales presenciales y virtuales para la presentación de denuncias de actos de corrupción, los requisitos y el contenido de la denuncia, las medidas de protección al/ consumidor, así como el procedimiento de atención de este tipo de reclamación. De igual manera, se aprueba el formulario de denuncias por presuntos actos de corrupción que regirá a partir de su entrada en vigencia.

La directiva comienza a regir a partir del 7 de julio de 2023.
 

Resolución de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos nro. 112-2023-SUNARP/GG - Aprueban la Directiva para la atención de denuncias sobre presuntos actos de corrupción y solicitudes de medidas de protección al denunciante. Fecha de publicación: 06/07/2023

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