Análisis

Legal Laboral

Boletín semanal | 08 de noviembre, 2021

Decreto Supremo N° 167-2021-PCM (fecha de publicación: 30.10.2021)

Mediante el Decreto Supremo N° 167-2021-PCM se aprobó la prórroga del Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 30 días calendario, a partir del viernes 1 de noviembre del 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19. El Decreto Supremo comentado aprueba disposiciones vinculadas a los niveles de alerta por provincia y limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito de las personas en función de dicho nivel de alerta.
En ese sentido, hasta el 14 de noviembre de 2021, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, según el Nivel de Alerta por Provincia, conforme al siguiente detalle:

  • Nivel de alerta moderado: De lunes a domingo desde las 02:00 horas hasta las 4:00 horas.
  • Nivel de alerta alto: De lunes a domingo desde las 23:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
  • Nivel de alerta muy alto: De lunes a domingo desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
  • Nivel de alerta extremo: De lunes a sábado desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente; y los domingos desde las 4:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.

De igual manera, a partir del 01 de noviembre de 2021, los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes de 12 años a más cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben acreditar el haber completado la dosis de vacuna contra la COVID-19, catorce (14) días antes de abordar en su punto de origen; en su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen. Los menores de doce años sólo requieren estar asintomáticos para abordar. Aquellas personas que muestren síntomas al ingresar a territorio nacional ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.

Se suspende hasta el 14 de noviembre de 2021, el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes de procedencia de la República de Sudáfrica, o que hayan realizado escala en este lugar en los últimos catorce (14) días calendario. Los peruanos y extranjeros residentes que ingresen al territorio nacional provenientes de la República de Sudáfrica, o que hayan realizado escala en este lugar, realizarán cuarentena obligatoria en su domicilio, hospedaje u otro centro de aislamiento temporal por un periodo de catorce (14) días calendario, contados desde el arribo al territorio nacional.

El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del 01 de noviembre de 2021.

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