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Análisis
Legal Laboral
Boletín semanal | 22 de noviembre, 2021
Retorno a Trabajo Presencial
Mediante Decreto Supremo N° 168-2021-PCM que modifica el Decreto
Supremo N° 184-2020-PCM (Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19) se establece en el Artículo 14 numeral 17) sobre restricciones, que, toda empresa con más de diez (10) trabajadores sólo podrá operar de manera presencial si todos sus trabajadores acreditan su dosis completa de vacunación. Dicha disposición será obligatoria a partir del 15 de diciembre de 2021.
Retorno a Trabajo Presencial
Mediante Decreto Supremo N° 168-2021-PCM que modifica el Decreto
Supremo N° 184-2020-PCM (Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19) se establece en el Artículo 14 numeral 17) sobre restricciones, que, toda empresa con más de diez (10) trabajadores sólo podrá operar de manera presencial si todos sus trabajadores acreditan su dosis completa de vacunación. Dicha disposición será obligatoria a partir del 15 de diciembre de 2021.
Otorgamiento de Bono Extraordinario para trabajadores con remuneración bruta de hasta 2,000 soles
Mediante el Decreto de Urgencia N° 105-2021 el Gobierno autorizó el otorgamiento de un bono extraordinario por única vez de S/.210 Soles para trabajadores formales tanto del sector público como del privado, que reciban una remuneración mensual bruta de hasta 2,000 soles. Se precisa que, el bono no alterará el monto de la remuneración laboral a la que tiene derecho el trabajador, así como la declaración, cálculo y pago de los beneficios laborales, tributos, aportes o contribuciones previstas en el ordenamiento legal. Tampoco tiene efectos sucesorios.
Los requisitos para ser beneficiados del bono extraordinario en el sector privado son los siguientes:
- Laborar y figurar registrado, en la planilla electrónica de un empleador en el sector privado en los meses de julio, agosto o setiembre de 2021.
- Percibir una remuneración bruta mensual de hasta 2,000 soles en el periodo que estuvo laborando.
- No pertenecer a las modalidades formativas laborales o ser pensionista.
Los requisitos para ser beneficiados del bono extraordinario en el sector público son los siguientes:
- Contar con vínculo laboral en la entidad respectiva en el mes de octubre de 2021.
- Percibir un ingreso bruto mensual, hasta 2,000 soles al mes de octubre de 2021.
- Tratándose de servidores del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, deben encontrarse registrados en el mes de octubre de 2021 en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas.
Para efectos del pago, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo remitirá al Seguro Social de Salud – EsSalud el padrón de trabajadores beneficiarios del bono extraordinario.
Dentro de los 30 días calendario siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto de Urgencia, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobará disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para el cobro del bono extraordinario. El otorgamiento de este se podrá realizar a través del Banco de la Nación, así como a través de todas las demás empresas del sistema financiero y podrá hacerse efectivo hasta el 31 de marzo de 2022.
Realización del IX Pleno Jurisdiccional Supremo en materia Laboral y Previsional
Con fecha 16 de noviembre del 2021, se publicó la Resolución Administrativa N° 000491-2021-P-PJ que aprueba la realización del IX Pleno Jurisdiccional Supremo en materia Laboral y Previsional, con la participación de jueces de la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia, designándose al Juez Supremo Titular Javier Arévalo Vela, como coordinador del IX Pleno Jurisdiccional Supremo en materia Laboral y Previsional.
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