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Boletín semanal | 30 de octubre, 2023

Mediante Resolución nro. 169-2023-SUNARP/SN se estableció la obligatoriedad de la presentación electrónica a través del SID-SUNARP de partes y solicitudes notariales que contengan actos a inscribirse en los registros jurídicos a cargo de la SUNARP.

Mediante Resolución nro. 169-2023-SUNARP/SN se dispuso que, a partir del 2 de noviembre de 2023, los partes y solicitudes notariales que contengan actos a inscribirse en los registros jurídicos a cargo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos se expidan obligatoriamente con firma digital y se presenten exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP).

No están comprendidos en el alcance de la presente resolución los traslados instrumentales expedidos por cónsules cuando ejercen función notarial fuera del país o aquellos documentos otorgados fuera de territorio nacional, los traslados instrumentales expedidos por el Archivo General de la Nación o Archivos Departamentales, los traslados instrumentales del acervo documentario del notario cesado y los instrumentos públicos extraprotocolares.

Las disposiciones mencionadas entran en vigor el 2 de noviembre de 2023.
 

Resolución nro. 169-2023-SUNARP/SN

Fecha de publicación 20 de octubre de 2023

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