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Boletín semanal | 8 de enero, 2024

Publican Reglamento de la Ley nro. 31760, Ley del Certificado Único Laboral.

Mediante Decreto Supremo 014-2023-TR, se aprueba el Reglamento de la Ley 31760 - Ley del Certificado Único Laboral, que entre sus principales disposiciones destacan:

1. El Certificado Único Laboral es un documento electrónico gratuito que contiene toda la información necesaria para facilitar la postulación a oportunidades de empleo y contratación de personas de 18 años a más en el mercado laboral formal, sirviéndose de la información que las entidades públicas ponen a disposición en la Plataforma Nacional de Interoperabilidad y se obtiene a través del MTPE.

2. El acceso al Certificado Único Laboral es gratuito y virtual, para toda persona de dieciocho (18) años o más, que necesita su información en el marco de procesos de postulación o contratación laboral dentro del territorio nacional.

3. La vigencia del Certificado Único Laboral es de noventa (90) días calendarios desde la fecha de su emisión.

4. La norma deroga el Decreto Supremo nro 014-2018-TR (Reglamento del DL 1378, que fortalece y extiende la accesibilidad al Certificado Único Laboral para Jóvenes) y el Decreto Supremo nro 014-2020-TR (Reglamento del DL 1498, que otorga accesibilidad al Certificado Único Laboral para Personas Adultas ante el impacto del COVID-19).

5. El Certificado Único Laboral contiene la siguiente información:

- Datos de identidad (Nombres, DNI, nacimiento, domicilio).

- Condición de discapacidad (a solicitud del titular).

- Antecedentes policiales, judiciales y penales.

- Formación superior universitaria y pedagógica.

- Trayectoria educativa (educación técnico-productiva).

- Experiencia laboral.

- Fecha de emisión, vigencia, código y firma digital.

6. Requisitos para acceder al Certificado Único Laboral:

- Tener 18 años o más.

- Contar con DNI (en caso de nacionales) o Carné de extranjería y/o Código - Único de Extranjero (en caso de extranjeros). También lo pueden obtener solicitantes de asilo, refugio y apátrida. En este caso, se implementa el acceso al CUL a partir de la disponibilidad de los sistemas y bases de datos que permitan, en tiempo real, el consumo de la información de su identidad y de su trazabilidad en los demás sistemas de información que brindan datos para el certificado CUL; determinándose a partir de ello, y del análisis de su especial condición migratoria, la información factible a ser presentada en el certificado.

- Poseer una cuenta en la sede digital del Servicio Nacional del Empleo del MTPE.

7. Es responsabilidad del/de la usuario/a resguardar la información de acceso a la cuenta de usuario/a de la sede digital del MTPE. Asimismo, es responsabilidad del empleador mantener la confidencialidad de la información contenida en el CUL, cuando esta sea entregada por el/la usuario/a.

Decreto Supremo nro. 014-2023-TR

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