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Pago de propinas y habilitación de pagos por medios electrónicos

Decreto 731/2024

Agosto 2024

El 14 de agosto se publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia 731/202 (el Decreto) mediante el cual se dispuso modificar el artículo 113 de la Ley de Contrato de Trabajo referido a las propinas.

Al respecto, el Decreto dispone que las propinas o recompensas percibidas por los trabajadores no serán consideradas parte de su remuneración, y establece la obligación para los empleadores de habilitar la opción para que los trabajadores puedan percibir las propinas y/o recompensas a través de medios electrónicos, quedando prohibido la imposición de aranceles con motivo del otorgamiento de esta facilidad.

Además, se establece que en ningún caso esas propinas podrán ser consideradas como un pago por servicios realizados por el empleador, incluso cuando actuara como intermediario.

Al respecto el Decreto dispone que:

  • (i) Las propinas serán consideradas una liberalidad proporcionada a los trabajadores;
  • (ii) No podrán ser utilizadas como base para ajustar o modificar el salario básico ni las condiciones laboral, y
  • (iii) No estarán sujetas a ningún tipo de retención o percepción por parte del empleador o administrador de tarjetas de débito, crédito o demás medios electrónicos.

Los empleadores de los establecimientos y actividades donde habitualmente se entreguen propinas, deberán facilitar a sus clientes la opción de recepción de pago con propina que permita a los consumidores añadir a la cuenta un monto y/o un porcentaje destinado a la gratificación por el servicio; y deberán poner a disposición de los trabajadores los montos percibidos en concepto de propinas (de forma digital o física) dentro de las 24 horas siguientes a su acreditación, no pudiendo realizar descuentos o deducciones de ningún tipo.

La presente medida se encuentra vigente desde el 14 de agosto de 2024, salvo las cuestiones pendientes de reglamentación que entrarán en vigencia a los 90 días contados desde la fecha aquí mencionada.

Esta publicación es una síntesis de una o más novedades en materia legal. Por lo tanto, incluye en forma sintética sólo aquellas normas que hemos considerado de interés. Asimismo, el contenido del presente no constituye en ningún caso una interpretación u opinión de nuestra parte, sino un resumen de las normas que se indican.
Para mayor información y análisis de las normas, sugerimos contactar a nuestros profesionales, quienes lo asesorarán particularmente.

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