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Boletín informativo | 16 de junio, 2022
El pasado dieciséis (16) de mayo de 2022 el Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 768 de 2022, a través del cual se actualiza la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales
De acuerdo con el Decreto, cuando una actividad no se encuentre en la tabla actualizada por el Ministerio del Trabajo, la Empresa y la Administradora de Riesgos Laborales (“ARL”) efectuarán la clasificación de acuerdo con la actividad más afín contemplada en la tabla, para lo cual deberán tener en cuenta el peligro y riesgo laboral, materias primas, materiales, medios de producción, procesos, almacenamiento y transporte.
Por otra parte, dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes a la entrada en vigencia del Decreto, las ARL deberán entregar a los Ministerios de Salud y Protección Social y del Trabajo un documento que contenga el plan de trabajo y el cronograma de las capacitaciones a sus afiliados.
De igual forma, el Ministerio de Salud y Protección Social modificará la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (“PILA”) y la implementará dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia del Decreto, fecha a partir de la cual los cotizantes cotizarán conforme la tabla adoptada a través del Decreto 768 de 2022.
En virtud de lo anterior, las Compañías empleadoras deberán revisar la tabla de clasificación de actividades económicas adoptada a través del Decreto 768 de 2022, con la finalidad de establecer el impacto de la actualización de la tabla en la cotización de la Compañía al Sistema General de Riesgos Laborales.
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