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Boletín semanal | 17 de noviembre, 2022

A través del Radicado 22-342422, la Superintendencia de Industria y Comercio se refiere sobre la transmisión de datos personales

Inicialmente, menciona el artículo 2.2.2.25.1.3., del Decreto 1074 de 2015, mediante el cual se define la transmisión de datos personales de la siguiente manera:

“Transmisión: Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un Tratamiento por el Encargado por cuenta del Responsable”.

De acuerdo con lo anterior, la transmisión de datos es aquella que involucra la comunicación de datos personales fuera o dentro del territorio nacional entre un responsable del tratamiento y un encargado, para que este último realice el tratamiento de esos datos por cuenta del primero. Por lo anterior, los encargados obran por cuenta del responsable, y es este último, quien responde frente a los titulares de los datos y las autoridades por los errores o negligencia de los encargados.

Adicionalmente, los responsables del tratamiento deben desarrollar sus políticas para el tratamiento de los datos personales y velar porque los encargados del tratamiento den cabal cumplimiento a las mismas.

Cuando se pretenda realizar una transmisión de datos personales, es decir, la comunicación de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia, entre el responsable y encargado del tratamiento, se recomienda que suscriban contratos por la prestación de servicios celebrados con terceros con el fin de garantizar una adecuada protección de datos personales en dicha relación, y en el que se establezcan de manera clara las obligaciones especiales y los deberes legales, y que incluyan por lo menos:

a. Los alcances del tratamiento.

b. Las actividades que el encargado realizará por cuenta del responsable para el tratamiento de los datos personales.

c. Las obligaciones del encargado para con el titular y el responsable.
 

Superintendencia de Industria y Comercio - Radicado Nro. 22-342422 del 10 de octubre de 2022

Seleccionar “radicación”, año 2022, número de radicación 342422

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A través del radicado 22-348571, a Superintendencia de Industria y Comercio se manifiesta sobre el tratamiento de datos personales de las imágenes captadas en cámaras

La Superintendencia menciona el literal c) del artículo 3 de la Ley 1581 de 2012:

“Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.”

Por lo anterior, el dato personal es cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.

La Ley 1581 de 2012 se aplica a los datos personales que se encuentren en bases de datos o archivos de entidades públicas o privadas, entendidos estos, como el conjunto organizados o depósitos ordenados de datos personales sujetos a tratamiento, es decir, a la recolección, el almacenamiento, el uso, la circulación o la supresión de los mismos y cuyo procesamiento sea utilizando medios tecnológicos o manuales.

De conformidad con lo anterior, las imágenes captadas en cámaras encuadran dentro del concepto de dato personal y, en consecuencia, les resulta aplicable el régimen de protección de datos personales prevista en la Ley 1581 de 2012.

La finalidad de la videovigilancia por regla general es la de garantizar la seguridad de bienes o personas en determinados lugares y se trata de un dato personal que le resulta aplicable la Ley 1581 de 2012. Ahora bien, en el tratamiento de los datos personales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión de los mismos debe tenerse en cuenta el principio de libertad, el cual manifiesta que el Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento.

Por lo anterior, el tratamiento de los datos personales solo puede realizarse cuando exista la autorización previa, expresa e informada del titular, con el fin de permitirle que se garantice que en todo momento y lugar pueda conocer en dónde está su información personal, para qué propósitos ha sido recolectada y qué mecanismos tiene a su disposición para su actualización y rectificación.
 

Superintendencia de Industria y Comercio - Radicado Nro. 22-348571 del 12 de octubre de 2022

Seleccionar “radicación”, año 2022, número de radicación 348571

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Contactos

Juan Germán Osorio     Esteban Jiménez Mejía
Socio Impuestos y Servicios Legales       Gerente Senior Impuestos y Servicios Legales
josorio@deloitte.com      estjimenez@deloitte.com

 

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