Análisis

Legal Corporativo

Boletín semanal | 01 de diciembre, 2021

Superintendencia de Sociedades determinó los plazos y términos en cabeza de los representantes legales, contadores, revisores fiscales de sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales que deben realizar la presentación de estados financieros y demás informes del año 2021

De lo anterior, resulta importante resaltar lo siguiente:

1. Las fechas para la entrega de los estados financieros de propósito general se determinarán de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT de la entidad empresarial, sin incluir el número de verificación (DV) para tal efecto la Supersociedades proporcionó la Tabla No.1, donde se determinan los plazos (improrrogables) de presentación para el año 2022, de acuerdo con la siguiente imagen:

2. De igual manera, el plazo que tienen las entidades empresariales en vigilancia o control para enviar el Informe 42 de Prácticas Empresariales se determinará acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT de la sociedad, (DV) para tal efecto la Supersociedades proporcionó una tabla de plazos donde se determinan los términos de presentación para el año 2022. Como se evidencia a continuación:

3. Igualmente, el plazo que tienen las entidades obligadas a presentar el informe "50 - Prevención del Riesgo de LA/FT" se determinará de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT de la sociedad, (DV) para tal efecto la Supersociedades proporcionó una tabla de términos para su presentación para el año 2022 compartida a continuación:

4. Adicionalmente se determinó que los estados financieros consolidados y combinados se deberán presentar a más tardar el 31 de mayo del 2022.

5. La Información financiera de fin de ejercicio de entidades empresariales que adelanten un proceso de liquidación judicial o de liquidación por adjudicación se deberán presentar a más tardar el 31 de marzo del 2022.

6. Finalmente, la Información financiera de fin de ejercicio de entidades empresariales que no cumplan la hipótesis de negocio en marcha o que se encuentren en liquidación voluntaria se deberá presentar a más tardar el 31 de mayo de 2022.

Superintendencia de Sociedades - Circular externa No. 100-000016 del 17 noviembre de 2022

Superintendencia de Sociedades decretó la suspensión de términos para los Procedimientos Mercantiles, Procedimientos de Insolvencia y Procesos de Intervención Judicial que se tramitan en la Superintendencia de Sociedades.

De lo anterior, resulta importante resaltar lo siguiente:

  1. Se ordenó la suspensión de términos para los procesos jurisdiccionales que se adelanten ante la Superintendencia de Sociedades en la sede de Bogotá y en las Intendencias Regionales, por el periodo de vacancia judicial comprendido entre el 20 de diciembre de 2021 y el 10 de enero de 2022.

  2. No habrá atención al público en el Grupo de Apoyo Judicial en la sede Bogotá y en las Intendencias Regionales, en relación con los procesos jurisdiccionales.

  3. Durante este periodo se continuarán recibiendo los radicados de documentos de los procesos jurisdiccionales a través de las aplicaciones dispuestas para tal fin.

  4. Los términos correspondientes para cada trámite serán ampliados por los días que dure el periodo de vacancia judicial.

  5. Comenzarán a correr los términos a partir del 11 de enero de 2022 para toda la documentación recibida y radicada durante el periodo de vacancia

  6. Los términos suspendidos se reanudarán a partir del martes 11 de enero de 2022.

Esta Resolución rige a partir del día 17 de noviembre de 2021.

Superintendencia de Sociedades - Resolución No .100-007138 del 17 de noviembre de 2021

Superintendencia de Sociedades - Resolución No .100-007138 del 17 de noviembre de 2021
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