Análisis

Laboral   

1 de junio, 2021

Posibilidad de tener varios contratos de trabajo con diferentes empleadores

Mediante la Sentencia SL 1287 del 14 de abril de 2021, la Corte Suprema de Justicia resuelve la solicitud de declaración de un contrato de trabajo y despido injusto por violación del compromiso de exclusividad pactado entre las partes, por la participación del trabajador en la constitución de una Compañía y la recepción de dividendos de ésta.

El accionante afirma que, si bien el requisito de exclusividad se encuentra descrito en una cláusula del contrato de trabajo, la conducta no estaba expresamente prohibida y que adicionalmente no prestó servicios laborales a otros empleadores.

Siendo así, la Sala entra a determinar si en el presente caso existió una violación a la cláusula de exclusividad de servicios pactada entre las partes, determinando que para que la violación de esta cláusula pueda constituir justa causa de despido, deben concurrir al menos tres circunstancias:

1.       Que las partes la hubieren pactado en el contrato.

2.       Que, pese al pacto, el trabajador preste sus servicios «de la misma especie de los que ejecuta a aquél con quien convino la exclusividad» a otro empleador.

3.       Que ese incumplimiento contractual se encuentre catalogado como grave para dar lugar a la justa causa.

Para el caso concreto, la Corte determinó que la demandada no probó que el trabajador hubiera prestado sus servicios directa o indirectamente a la nueva Compañía.

Siendo así, la Corte establece que la sola participación en la constitución de la Compañía y la recepción de dividendos por parte del demandante no significa que este hubiese prestado sus servicios directa o indirectamente a ésta y que por lo tanto no se puede entender este hecho como una violación al pacto de exclusividad consagrado en el contrato.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral - Sentencia SL1287-2021 del 14 de abril de 2021

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