Análisis

Impuestos indirectos y comercio exterior

Boletín semanal | 24 de marzo, 2021

Modificado el Régimen de Zonas Francas

Con la expedición del Decreto 278 de 2021, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo modifica el régimen de zonas francas establecido en el Decreto 2147 de 2016, trayendo consigo entre otras, novedades como la inclusión de activos intangibles dentro de los compromisos de inversión; la posibilidad de realizar comercio electrónico en las zonas francas para usuarios de bienes y servicios, en la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes; que las ventas que realicen los usuarios de zonas francas a través de internet no se entiendan como ventas al detal; y que el usuario operador pueda autorizar que los empleados de los usuarios industriales de servicios realice su labor fuera del área declarada como ZF.  

Así mismo, las modificaciones incluyen, entre otras, que los nuevos proyectos de servicios puedan reducir compromisos de inversión si realizan exportaciones canalizadas a través del mercado cambiario, que las zonas francas permanentes especiales de servicios puedan convertirse en zonas francas permanentes dedicadas exclusivamente a la prestación de servicios, y que los nuevos proyectos que se ubiquen en municipios con mayores niveles de pobreza, solo deban cumplir con el compromiso de inversión hasta en un 30%.  

En cuanto al proceso de trámite de nuevas declaratorias, se reduce el número de requisitos que deben ser acreditados, y disminuye el término para la declaratoria a 6 meses. El cumplimiento de compromisos de inversión se podrá acreditar a partir de la fecha de solicitud de declaratoria, y se podrán solicitar nuevas zonas francas en todo tipo de actividades agroindustriales, y para concesiones aeroportuarias y férreas.  

Finalmente, tanto las zonas francas permanentes, como las permanentes especiales contarán con 30 años como término máximo para su prórroga, se podrán habilitar áreas no colindantes con la zona franca declarada, solo si están en el mismo municipio o en municipios limítrofes de la misma jurisdicción aduanera, las actividades económicas para las cuales se autorizó su declaratoria podrán ampliarse y se creará un Comité Técnico de Zonas Francas, para promover la competitividad y fortalecer la operación del régimen.  

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Decreto No. 278 del 15 de marzo de 2021

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Decreto No. 278 del 15 de marzo de 2021

DIAN reitera mecanismos de facilitación para cumplir obligaciones tributarias

A través de un Comunicado de Prensa, la DIAN recuerda a los contribuyentes cuales son los mecanismos a los cuales pueden acudir para dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, como es el caso de las facilidades para establecer nuevas condiciones de pago y convenir el plazo para llevarlas a cabo, acreditando para ello, el cumplimiento de los requisitos legales correspondientes y pudiendo solicitar el levantamiento de las medidas
cautelares establecidas.  

Los contribuyentes también pueden acceder a los trámites de Devoluciones automáticas para obtener con prontitud los saldos a favor por Impuesto de Renta y de IVA a través del servicio informático de devoluciones de la entidad, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 963 de 2020, y contar así con un mayor flujo de caja.  

Adicionalmente, los contribuyentes que hacen parte del régimen simple de tributación-RST, cuentan con beneficios como la sustitución del impuesto sobre la renta, la integración de impuestos nacionales y municipales, la disminución de las cargas formales y la facilitación en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.  

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Comunicado de Prensa No. 035 del 10 de marzo de 2021

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Comunicado de Prensa No. 035 del 10 de marzo de 2021

Arancel para la importación de confecciones podría ser modificado

El Ministerio de Comercio Industria y Turismo ha publicado un Proyecto de Decreto, con el cual pretende modificar el arancel de aduanas para la importación de los productos clasificados en los capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas Nacional correspondientes a prendas y complementos (accesorios) de vestir.  

El Proyecto Normativo atiende a la recomendación del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, que en la Sesión 344 del 8 de marzo de 2021, sugirió incrementar el actual arancel, por los indicadores negativos en las cifras de producción y de empleo del sector.  

Así pues, el Ministerio establecería un gravamen arancelario del 40% a las importaciones de cualquier origen de nación más favorecida, cuando el precio FOB declarado sea inferior o igual a diez dólares; así como un arancel del 15% ad valorem a las importaciones de cualquier origen de nación más favorecida cuando el precio FOB declarado sea superior a diez dólares de los Estados Unidos, por kilogramo bruto.  

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Proyecto de Decreto del 10 de marzo de 2021

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Proyecto de Decreto del 10 de marzo de 2021

DIAN adiciona contenido sobre abandono de mercancías al Concepto Unificado 0468 de 2020

Mediante el concepto 0210 de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, adicionó nuevo contenido al Concepto Unificado 0468 de 2020 realizando precisiones sobre la suspensión de términos de almacenamiento para mercancía que se encuentra en lugar de ingreso.  

Al respecto, la Entidad señala que el abandono legal tiene relación directa con el término de permanencia o almacenamiento de la mercancía establecido tanto en el Decreto 1165 de 2019 como en la Resolución 0046 del mismo año, correspondiente al tiempo comprendido entre la fecha de la llegada de la carga al territorio aduanero nacional y el vencimiento del término de almacenamiento permitido según el depósito correspondiente.  

Por lo anterior, indica la DIAN que el término de permanencia de la mercancía corre desde su llegada al territorio aduanero nacional sin importar que ingrese o no a un depósito habilitado, y es a partir de dicha fecha, que aplica la suspensión del término de almacenamiento consagrada en la Resolución 055 de 2020, sin perjuicio de las sanciones en que pueden incurrir el transportador internacional o el agente de carga internacional o el puerto, por no trasladar la mercancía al depósito o zona franca.  

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Concepto No. 100208221-0210 del 17 de febrero de 2021

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Concepto No. 100208221-0210 del 17 de febrero de 2021
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