Análisis

Impuestos indirectos y comercio exterior

Boletín semanal | 8 de septiembre, 2021

DIAN publica Minutas para nuevos tipos de garantía en materia aduanera

Con un Comunicado de Prensa, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ha informado que se encuentran disponibles las minutas para la constitución de los tipos de garantía Hipotecaria, Prenda sin tenencia, Fiducia mercantil en garantía y Fianza para dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 15 de la Resolución 46 de 2019.  

Para conocer las minutas, se podrá ingresar a https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/autoasistencia.aspx y seleccionar la sección denominada “SIE Garantías” o ingresar directamente a los siguientes  links: 

·       Minuta Hipotecaria:  https://www.dian.gov.co/Transaccional/GuaServiciosLinea/Minuta-Hipotecaria.pdf

·       Minuta Contrato de fianza: https://www.dian.gov.co/Transaccional/GuaServiciosLinea/Minuta-Contrato-de-fianza.pdf

·       Minuta prenda sin tenencia:  https://www.dian.gov.co/Transaccional/GuaServiciosLinea/Minuta-prenda-sin-tenencia.pdf

·       Minuta Certificado de garantía fiducia  https://www.dian.gov.co/Transaccional/GuaServiciosLinea/Minuta-Certificado-de-garantia-fiducia.pdf

·       Minuta contrato de fiducia mercantil en garantía https://www.dian.gov.co/Transaccional/GuaServiciosLinea/Minuta-contrato-de-fiducia-mercantil-en-garantia.pdf 

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Comunicado de Prensa del 30 de agosto de 2021 

 

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Comunicado de Prensa del 30 de agosto de 2021

Banco de la República Modifica el Sistema de Información Cambiaria

El Departamento de Cambios Internacionales y Pagos del Banco de la República ha publicado la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83 que contiene modificaciones al Sistema de Información Cambiaria, reemplazando en su totalidad la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 respecto a procedimientos aplicables a las Operaciones de Cambio del Manual de Cambios Internacionales.  

Las modificaciones realizadas por el Banco se centran en el Capítulo 7 sobre Inversiones internacionales e inversiones financieras y en activos en el exterior, e incluyen la creación del Anexo 7 denominado “Nuevo Sistema de Información Cambiaria” y el Anexo 8 denominado “Fechas para diligenciar registros, sustituciones y cancelaciones”, además de algunos pequeños ajustes a los demás capítulos y anexos de la Circular.  

Finalmente, el Departamento de Cambios Internacionales – DCIN se llamará
Departamento de Cambios Internacionales y Pagos – DCIP y el próximo 8 de septiembre se realizará el lanzamiento del Nuevo Sistema de Información Cambiaria con el Modulo de Inversiones Internacionales a través  el link https://www.banrep.gov.co/es/nuevo-sistema-informacion-cambiaria-modulo-inversiones-internacionales.  

Banco de la República - Circular Reglamentaria Externa DCIP-83 del 27 de agosto de 2021

Banco de la República - Circular Reglamentaria Externa DCIP-83 del 27 de agosto de 2021

Mincomercio publica Proyecto Normativo sobre requisitos y condiciones para la solicitud de adición de áreas de Zonas Francas

Mediante Proyecto de Resolución del 27 de agosto de 2021, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo busca establecer los requisitos y condiciones para presentar la solicitud de adición de áreas de Zonas Francas y el alcance, criterios y términos para la expedición del concepto previo por parte de dicho Ministerio y la DIAN.  

Según se establece en el Proyecto Normativo, algunos de los requisitos para la
solicitud de adición de áreas de Zonas Francas consisten en señalar la causal de adición de área, justificar su necesidad presentar el proyecto adicional al Plan Maestro de Desarrollo General, allegar los requisitos de área, el plan de promoción de internacionalización y los estudios de factibilidad técnica, financiera y jurídica y acreditar que el área objeto de adición sea continua.  

Hasta el 13 de septiembre de 2021 se podrán remitir los comentarios sobre el Proyecto de Resolución a los correos electrónicos mzapata@mincit.gov.co e isierra@mincit.gov.co.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Proyecto de Resolución del 27 de agosto de 2021

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Proyecto de Resolución del 27 de agosto de 2021

DIAN realiza pronunciamiento sobre Agente de Carga Internacional

A través del Oficio 100208221-1015, la Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN
realizó varias precisiones sobre el Agente de Carga Internacional, indicando que dicha calidad se autoriza para la realización de actividades puntuales, frente a las cuales debe cumplir ciertas obligaciones, pues de no hacerlo estaría sujeto a las sanciones previstas en la normatividad vigente.  

Igualmente explica la Entidad que el Agente de Carga puede ser agente de aduanas y depósito habilitado y que las actividades para las que fue autorizado mediante acto administrativo no pueden ser adicionadas ni modificadas por los
particulares, así como tampoco se le pueden otorgar facultades diferentes a las dispuestas en la normatividad y en el acto administrativo que las autoriza. 

En cuanto al objeto de la garantía global constituida por el Agente de Carga ante la DIAN, la entidad señala que debe incluir las obligaciones y responsabilidades consagradas en la normatividad aduanera para cada caso, y que no es posible que la póliza cubra actividades diferentes a las autorizadas por la Entidad en el acto administrativo que lo reconozca como Agente de Carga.  

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Oficio No. 100208221-1015 del 7 de julio de 2021

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Oficio No. 100208221-1015 del 7 de julio de 2021
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