Impuestos indirectos y comercio exterior Ha sido salvado
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Impuestos indirectos y comercio exterior
Boletín semanal | 10 de noviembre, 2022
El Gobierno Nacional busca modificar arancel de confecciones
Mediante un Proyecto de Decreto publicado el pasado 1 de noviembre de 2022, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) busca modificar parcialmente el Arancel de Aduanas, específicamente para la importación de confecciones.
Así pues, a través de este Proyecto Normativo, el Gobierno Nacional pretende establecer un arancel del cuarenta por ciento (40%) ad valorem a las importaciones de cualquier origen de nación más favorecida (NMF), para los productos clasificados en los capítulos 61 del Arancel de Aduanas que hacen referencia a Prendas y complementos (accesorios), de vestir de punto y, 62 sobre Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto.
Finalmente, debe tenerse en cuenta que, el MinCIT recibió comentarios sobre este Proyecto de Decreto de la ciudadanía y los grupos de valor, en el correo electrónico comitetriplea@mincit.gov.co , desde el 2 y hasta el 6 de noviembre de 2022.
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Proyecto de Decreto del 1 de noviembre de 2022
Publicada compilación doctrinaria sobre Criptoactivos
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha publicado una compilación de la doctrina vigente que la misma Entidad ha expedido en materia tributaria, aduanera y cambiaria de criptoactivos con el fin de facilitar a los usuarios la identificación de los pronunciamientos que ha realizado desde el año 2017 sobre este tema.
El documento contiene entre otros asuntos la definición de criptoactivos, la declaración de estos en el impuesto sobre la renta y complementarios, las obligaciones tributarias relacionadas con las operaciones llevadas a cabo con criptoactivos, el IVA en la venta de criptoactivos, retención en la fuente y facturación.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN
Concepto Nro. 100192467-2847 del 14 de octubre de 2022
La DIAN se pronuncia sobre la modificación de la importación temporal a largo plazo
Fue emitido el oficio Nro. 907036 de 2022, a través del cual, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales se pronunció sobre la viabilidad de modificar la importación temporal de largo plazo, y cambiarla a la modalidad de importación temporal en desarrollo de sistemas especiales de importación exportación (Plan Vallejo).
Sobre este asunto, la Entidad señala que cuándo en una importación temporal se decida dejar la mercancía en el país, el importador deberá, antes del vencimiento del plazo de la importación temporal, modificar la declaración de importación temporal a importación ordinaria o con franquicia y obtener el respectivo levante.
En el caso de Plan de Vallejo, teniendo en cuenta que son dos modalidades que tienen objetivos y fines distintos, la DIAN afirma que no es posible llevar a cabo la modificación toda vez que la normatividad aduanera en el artículo 208 del Decreto 1165 de 2019 solo prevé la modificación de la modalidad de importación temporal a largo plazo para importación ordinaria o importación con franquicia.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN
Oficio Nro. 907227 del 22 de septiembre de 2022
Contactos
Luisa Fernanda Hernández | Claudia Rocío Garzón |
Gerente Senior Impuestos y Servicios Legales | Gerente Senior Impuestos y Servicios Legales |
luisafhernandez@deloitte.com | clgarzon@deloitte.com |
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