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Impuestos indirectos y comercio exterior

Boletín semanal | 11 de julio, 2024

El INVIMA anuncia nuevas disposiciones en materia de inspección y control aduanero de productos alimenticios e insumos.

Mediante el Comunicado Externo nro. 7000-0493-2024, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA, informa que debido a la expedición del Decreto 659 de 2024, se establecen nuevas disposiciones en materia de inspección y control aduanero que inciden en productos de competencia de esta entidad, como es el caso de alimentos, bebidas alcohólicas, materias primas para la industria de alimentos e ingredientes secundarios.

Como consecuencia de lo anterior, el INVIMA informa que, a partir del 1 de agosto de 2024, las inspecciones sanitarias de alimentos, bebidas alcohólicas, materias primas e ingredientes secundarios para la industria de alimentos, se llevarán a cabo únicamente en los sitios de ingreso ubicados en el territorio nacional, es decir, puertos, aeropuertos y pasos de frontera, y no se realizarán inspecciones a estos productos en zonas francas, depósitos y demás establecimientos de almacenamiento temporal.

Adicionalmente, la intención de importación, radicación de solicitud, agendamiento y pago para obtención de certificado de inspección sanitaria podrá realizarse de manera anticipada, es decir, previo al ingreso o arribo o zarpe de la carga al puerto, aeropuerto o paso de frontera. Los trámites serán gestionados teniendo en cuenta el derecho al turno y los productos deberán cumplir la normativa sanitaria vigente, incluyendo la obtención de la respectiva autorización de comercialización.
 

Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA. Comunicado externo 7000-0493-2024 de junio de 2024.

El Ministerio de Agricultura publica Análisis de Impacto Normativo Completo sobre la producción y comercialización de productos orgánicos certificados en Colombia.

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, ha publicado un Análisis de Impacto Normativo Completo con el propósito de realizar una actualización de la reglamentación relacionada con la producción primaria, procesamiento, empacado, etiquetado, almacenamiento, certificación, importación y comercialización de productos ecológicos, biológicos u orgánicos.

El documento describe los antecedentes generales y la situación actual de la producción, comercialización y control de productos orgánicos certificados en Colombia y el mundo; la problemática central con sus causas y efectos identificados, los objetivos a cumplir con posibles alternativas de intervención al respecto, el análisis y la evaluación de dichas alternativas; entre otros aspectos.

Así mismo, el Análisis de Impacto Normativo Completo sugiere derogar el marco regulatorio actual y expedir un nuevo Reglamento Técnico para la producción y comercialización de productos orgánicos certificados en Colombia, el cual deberá estar acompañado de un Plan de Apoyo y Fomento, esperando así que con este cambio normativo el sector privado, social solidario y académico se beneficie de estrategias, planes y programas enfocados a apoyar de forma directa la transición o reconversión hacia sistemas productivos orgánicos.
 

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Análisis de Impacto Normativo Completo para la Producción y Comercialización de Productos Orgánicos Certificados en Colombia del 8 de julio de 2024.

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Será posible exportar a Chile subproductos de origen animal para consumo humano.

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA) anuncia que el Servicio Agrícola y Ganadero de Chile (SAG), ha aceptado el modelo de certificado sanitario para la exportación de los subproductos de origen animal para consumo humano de Colombia a Chile: colágeno, gelatina, chicharrón y proteínas hidrolizadas.

En efecto incrementa la posibilidad de exportar este tipo de productos, llegando a 91 mercados con acceso sanitario para la exportación de alimentos vigilados por el INVIMA, para lo cual se deberá cumplir con requisitos sanitarios establecidos centrados en aspectos relacionados con la zona de procedencia de los animales, las materias primas empleadas, las condiciones del producto y el establecimiento procesador.

Al respecto, y debido a la decisión de Chile no será necesario que dicho país realice visitas de habilitación en Colombia para autorizar los establecimientos colombianos; sino que será suficiente la verificación del cumplimiento de los requisitos sanitarios acordados de manera bilateral.
 

Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA.

Comunicado del 5 de julio de 2024.

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