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Boletín semanal | 18 de abril, 2024

La Corte Constitucional inadmitió el incidente de impacto fiscal presentado por el ministro de hacienda y crédito público respecto a la Sentencia C – 489 de 2023 que declaró inexequible el parágrafo 1 del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022 que prohibía la deducción de regalías de la base gravable del impuesto sobre la renta de las empresas dedicadas a la exploración y explotación de recursos naturales no renovables.

Mediante el Auto nro. 606 de 2024, la Sala Plena de la Corte Constitucional analizó el escrito de sustentación del incidente de impacto fiscal respecto de la Sentencia C – 489 de 2023, presentado por el ministro de Hacienda y Crédito Público. La alta corte concluyó que aquel no satisface las tres condiciones sustanciales previstas en el artículo 334 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 6 de la Ley 1695 de 2013.

Para la alta corte, el incidente de impacto fiscal no cumplió con los siguientes requisitos: (i) explicación de las posibles consecuencias de la providencia en la sostenibilidad de las finanzas públicas, (ii) explicación de las condiciones específicas que explican dichas consecuencias y (iii) explicación de los planes concretos para el cumplimiento de la sentencia, que aseguren los derechos reconocidos en ella, en un marco de sostenibilidad fiscal.

Con fundamento en lo anterior, la corporación inadmitió el incidente de impacto fiscal presentado por el ministro de Hacienda y Crédito Público sobre la Sentencia C-489 de 2023, para que, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la providencia, el escrito de sustentación sea corregido y se aporten los elementos de juicio indicados en la parte motiva de la decisión.
 

Corte Constitucional.

Sala Plena, Auto nro. 606 del 21 de marzo de 2024. M.P. Jorge Enrique Ibáñez Najar y Cristina Pardo Schlesinger.

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