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Boletín semanal | 18 de julio, 2024
La DIAN indicó en cabeza de quien recae la obligación de facturar y emitir documentos soporte en adquisiciones con patrimonios autónomos.
El pasado 6 de junio de 2024, la DIAN absolvió un interrogante respecto del funcionamiento del sistema de facturación en adquisiciones realizadas por medio de patrimonios autónomos. Así la administración tributaria determinó que en el caso que se realicen adquisiciones a través de patrimonios autónomos a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente, la obligación de generar y transmitir el documento soporte en adquisiciones con sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalentes, recae en cabeza de la sociedad fiduciaria.
Ahora bien, en lo relacionado con el NIT bajo el cual se debe generar el mencionado documento, corresponderá a la sociedad fiduciaria determinarlo en virtud de lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 102 del Estatuto Tributario, que señala: “Las sociedades fiduciarias deben cumplir con los deberes formales de los patrimonios autónomos que administren. Para tal fin, se les asignará a las sociedades fiduciarias, aparte del NIT propio, un NIT que identifique en forma global a todos los fideicomisos que administren. El Gobierno Nacional determinará adicionalmente en qué casos los patrimonios autónomos administrados deberán contar con un NIT individual, que se les asignará en consecuencia”.
La DIAN aclaró que, lo anterior también resultará aplicable en lo relativo a la expedición de la factura de venta en caso de que se trate de adquisiciones con sujetos obligados a cumplir con esta obligación.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.
Concepto nro. 422 [003633] del 6 de junio de 2024.
La DIAN emite proyecto de resolución por medio de la cual se modificarían algunas disposiciones de la Resolución 000165 de 2023 que desarrolla el sistema de facturación.
El pasado 9 de julio de 2024 la DIAN emitió un proyecto de resolución por medio del cual entre otras consideraciones pretende reformar la Resolución 165, así dentro de las principales modificaciones a lo dispuesto en la mencionada resolución, se estima que los facturadores electrónicos pueden diseñar las representaciones gráficas en otra divisa u otro idioma, sin perjuicio de expedirla en idioma castellano y en pesos colombianos, así como una adición al articulado donde se desarrolle la facturación para los profesionales de compra y venta de divisas y cheques de viajero respecto de la información y requisitos adicionales que deben cumplir, incluida la debida diligencia del cliente y que el mismo tenga correspondencia con lo indicado en la reglamentación que la DIAN desarrolle para tal fin.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN. Proyecto de Resolución del 9 de julio de 2024.
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