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Impuestos indirectos y comercio exterior

Boletín semanal | 19 de octubre, 2023

La Corte Constitucional emitió el comunicado número 36, a través del cual da a conocer la sentencia C-384 de 2023, en donde analiza la constitucionalidad de los numerales 1, 2 y 3 y el parágrafo 6 del artículo 11 de la Ley 2277 de 2022 que trata de la tarifa del impuesto sobre la renta para usuarios de zona franca.

Al respecto, la entidad ha declarado la exequibilidad de los citados artículos, sin embargo, de forma condicionada indica que el régimen tarifario del artículo 101 de la Ley 1819 de 2016 continuará rigiendo para los contribuyentes que hubiesen cumplido las condiciones para acceder al mismo antes de la entrada en vigor de la Reforma Tributaria (Ley 2277 de 2022).

De acuerdo con esta decisión, los usuarios de zonas francas podrán continuar accediendo a la tarifa del 20 % del impuesto sobre la renta en aquellos casos en los cuales hayan sido calificados como tal antes de la vigencia de la citada Ley 2277 de 2022 y hayan cumplido con la contraprestación exigida para el acceso a la tarifa preferencial en el régimen anterior y por lo tanto no tendrían que cumplir ni con la exigencia de Suscribir el Plan de Internacionalización ni con los objetivos de ingresos por exportaciones u operaciones con el TAN.

No obstante, es preciso aguardar a que la Corte Constitucional publique la sentencia completa, con el fin de conocer con mayor detalle la forma en que se aplicará el beneficio tributario de la tarifa del 20 % para los usuarios de zona franca, y que se resuelvan las dudas que ha ocasionado el comunicado.
 

Corte Constitucional.

Comunicado nro. 36 del 2 de octubre de 2023.

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Claudia Rocío Garzón
Gerente Senior Impuestos y Servicios Legales
clgarzon@deloitte.com

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