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Boletín semanal | 1 de febrero, 2024

La Corte Constitucional concede al Ministerio de Hacienda la apertura del incidente de impacto fiscal por fallo sobre la deducibilidad de regalías.

Con motivo de la sentencia C-489 de 2023, por medio de la cual se declaró inexequible el parágrafo 1 del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022, que modificó el artículo 115 del Estatuto Tributario, el ministro de Hacienda elevó solicitud ante la Corte Constitucional para la apertura de incidente de impacto fiscal frente a esta medida. En la norma declarada inexequible, se prohibía expresamente la deducibilidad de los pagos por concepto de regalías de la base gravable de renta de las empresas dedicadas a explotación y explotación de recursos naturales no renovables, y según el ministro de Hacienda, su inexequibilidad tendría un impacto fiscal negativo para el recaudo estimado para el año gravable 2023.

Por medio del Auto 003 del 2024, la Corte Constitucional concedió la apertura del incidente presentado, por los siguientes motivos:

“(i) la solicitud fue presentada de forma oportuna, esto es, dentro de los tres (3) días siguientes a la desfijación del edicto mediante el cual se notificó la Sentencia C-489 de 2023. En efecto, el referido edicto fue desfijado el 13 de diciembre de 2023 y la solicitud fue presentada vía correo electrónico dirigido a la Secretaría General de la Corte Constitucional el 14 de diciembre de 2023: (ii) la solicitud de apertura del incidente de impacto fiscal fue presentada por el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público. Dado que el artículo 1 de la Ley 1695 de 2013 prevé que el incidente de impacto fiscal podrá ser presentado por uno de los ministros y ordena que, en todo caso, el Ministro de Hacienda y Crédito Público debe ser parte dentro del trámite, se concluye que la solicitud sub examine fue presentada por un funcionario legitimado para el efecto; (iii) el incidente se instauró contra una sentencia de constitucionalidad dictada por la Corte Constitucional. Por consiguiente, al tenor de los artículos 334 de la Constitución Política y 2 de la Ley 1695 de 2013, la solicitud se dirige contra una providencia que es susceptible de esta clase de solicitudes”.

De este modo, el Ministerio de Hacienda deberá presentar, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación del Auto, sustentación del incidente de impacto fiscal. En caso de no ser presentado, se declarará desierto.
 

Corte Constitucional. Auto 003 de 2024 Exp. D-15.097.

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