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Boletín semanal | 14 de julio, 2021

Entre el 19 de mayo y el 31 de julio de 2021, se suspenden los términos de entrega a depósito o a zona franca, los dispuestos para solicitar y ejecutar el régimen de tránsito aduanero, así como aquellos establecidos para la realización y ejecución del tránsito aduanero internacional

Mediante Resolución No. 000054 del 30 de junio de 2021, el Director General de la DIAN resolvió modificar el artículo 1 de la Resolución 000043 de 18 de mayo de 2021, modificado a su vez por la Resolución 000048 de 2021, en los siguientes términos:  

“ARTÍCULO 1°. SUSPENDER desde la entrada en vigencia de la presente resolución y hasta el 31 de julio de 2021, inclusive, los términos de entrega al depósito o a la zona franca señalados en el inciso segundo del artículo 169 del Decreto 1165 de 2019, así como los términos para solicitar y ejecutar el régimen de tránsito aduanero contenidos en el artículo 438 del Decreto 1165 de 2019 y en los artículos 469, 470, 492, 496, 501, 509 de la Resolución 46 de 2019, así como los términos para la realización y ejecución del tránsito aduanero internacional contenidos en el artículo 449 del Decreto 1165 de 2019.”  

En este sentido, entre el 19 de mayo y el 31 de julio de 2021, se encuentran suspendidos los términos de entrega a depósito o a zona franca, aquellos dispuestos para solicitar y ejecutar el régimen de tránsito aduanero, así como los determinados para la realización y ejecución del tránsito aduanero internacional.  

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Resolución No. 000054 del 30 de junio de 2021

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Resolución No. 000054 del 30 de junio de 2021
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