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Boletín semanal | 13 de octubre, 2021

El Consejo de Estado aclara que el juez de lo contencioso administrativo no puede declarar la ocurrencia del silencio administrativo positivo de oficio cuando este no ha sido pretendido en la demanda, dado el carácter rogado de la jurisdicción

En esta oportunidad el Consejo de Estado aclara que, si bien en alguna época la jurisprudencia admitió que el juez contencioso podía declarar de oficio la ocurrencia del silencio administrativo positivo, dicha tesis varió, y actualmente el juez de lo contencioso administrativo no puede juzgar y decidir la ocurrencia del silencio administrativo positivo de oficio, es decir, cuando este no se ha pretendido en la demanda, dado el carácter rogado de la jurisdicción.

Sobre el particular, la Sala precisó: “En torno a la evolución de esa tesis judicial, es del caso poner de presente que, aunque se admitía en una época anterior que el juez contencioso-administrativo pudiera declarar de oficio, la ocurrencia del silencio administrativo positivo, recientemente esta Sala precisó la tesis en la sentencia del 10 de septiembre de 2020, exp. 21912, CP: Julio Roberto Piza, para advertir que el juez de lo contencioso–administrativo no puede decidir y juzgar la ocurrencia del silencio administrativo de oficio (i.e. sin que fuera una pretensión de la demanda), dado el carácter rogado que tiene esta jurisdicción. En esa medida, conforme al criterio actual de la Sala, la ausencia de pronunciamiento de la autoridad de impuestos en la vía administrativa sobre la existencia del silencio administrativo positivo no impide que la configuración de este sea estimada por el juez de lo contencioso-administrativo, siempre y cuando sea objeto de la pretensión en la demanda”.

En ese sentido, concluye que para que se declare la configuración del silencio administrativo positivo, esta debe ser objeto de pretensión en el escrito de demanda.

Consejo de Estado, Sección Cuarta - Sentencia del 1 de julio de 2021, Rad. 2014-00722 (22868)

Consejo de Estado, Sección Cuarta - Sentencia del 1 de julio de 2021, Rad. 2014-00722 (22868)
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