Análisis

Impuestos Corporativos    

Boletín semanal | 22 de julio, 2021

El Congreso de la República expidió la Ley de transición energética, la cual modifica los beneficios tributarios para la promoción de fuentes no convencionales de energía dispuestos en la Ley 1715 de 2014

El pasado 10 de julio el Congreso de la República expidió la Ley 2099 de 2021, también conocida como la Ley de transformación energética, la cual tiene por objeto modernizar la legislación existente en materia energética y dinamizar el mercado energético. A través de la nueva Ley se modificaron los artículos 11, 12, 13, y 14 de la Ley 1714 de 2014, contentivos de beneficios tributarios para la promoción de fuentes no convencionales de energía.

Entre las modificaciones se encuentra el aumento de la alícuota anual de depreciación acelerada aplicable a las maquinaras, equipos y obras civiles necesarias para la pre inversión, inversión y operación de los proyectos de generación con fuentes no convencionales de energía, la cual pasó de ser del 20% a al 33%. Asimismo, la Ley amplió el alcance de todos los beneficios fiscales contemplados en la Ley 1715 de 2014 al incluir a los equipos de medición inteligente dentro del alcance de dichos incentivos.

Congreso de la República - Ley No. 2099 del 10 de julio de 2021

La DIAN dio a conocer el ABC para la aplicación de la deducción especial del primer empleo

El pasado 23 de junio, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, tras recibir múltiples consultas relacionadas con la deducción del primer empleo dispuesta en el artículo 108-5 de Estatuto Tributario, procedió a indicar de manera general el ABC para la aplicación de la norma sobre la deducción del primer empleo y su reglamentación.

La DIAN a través de un análisis de los artículos pertinentes para la reglamentación de la deducción del primer empleo, explica en qué consiste el beneficio tributario, qué se entiende por primer empleo, cuáles son los requisitos para la procedencia de la deducción, cuál es el periodo gravable en el que procede la deducción, entre otros.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN - Oficio No. 914 [905920] del 23 de junio de 2021

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